Por considerar que la decisión de la administración de Maduro de pagar los salarios de los docentes universitarios, a través de la Plataforma Patria, constituye violación a la Autonomía financiera de conformidad con el Artículo 109 constitucional y Artículos 9 numeral 4, 12, 13, 14, 20 numeral 7 y 26 numeral 4, de la Ley de Universidades, la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios envió misiva al Ministro de Educación Superior en la cual cuestiona la medida.
Asimismo estiman los rectores que la instrucción asimismo quebranta la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, Ley de Presupuesto Público y sus reglamentos, configurándose una clara vía de hecho inconstitucional e ilegal, además de la intervención financiera-administrativa iniciada por su despacho.
A continuación la comunicación de AVERU al ministro Trompiz:
Ciudadano:
Abg. Cesar G. Trompiz C.
Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria (Mppeu). Su Despacho.‐
La Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU), de manera unánime nos dirigimos a usted, en la oportunidad de solicitarle certifique si ese Despacho emitió instrucción administrativa relativa al pago de salarios de las Universidades y entes adscritos el cual se haría de manera efectiva a partir del mes de marzo mediante la plataforma Patria; de ser cierta la referida medida manifestamos nuestro firme rechazo por cuanto la misma se trata de una intervención a la autonomía financiera de las Universidades Nacionales autónomas y Experimentales.
La presente obedece a que el día de ayer sábado 06 de marzo del año en curso en horas de la noche, mediante la red social telegram el ciudadano Ing. Omar Oberto Aparicio, Director (E) Planificación y Presupuesto del Mppeu, notificó que “a partir de la 1era quincena del mes de marzo, los pagos de sueldos y salarios del personal de las universidades y entes adscritos se harán efectivos mediante la plataforma Patria”, este requerimiento además exige ser remitido “el día 8 de marzo, a fin de garantizar el procesamiento de los mismos”.
De confirmar usted en su condición de Ministro la citada instrucción, la misma constituye violación a la Autonomía financiera de conformidad con el Artículo 109 constitucional y Artículos 9 numeral 4, 12, 13, 14, 20 numeral 7 y 26 numeral 4, de la Ley de Universidades, asimismo quebranta la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, Ley de Presupuesto Público y sus reglamentos, configurándose una clara vía de hecho inconstitucional e ilegal, además de la intervención financiera-administrativa iniciada por su despacho con desconocimiento y no tramitación de los presupuestos de renta y gastos de las Universidades Nacionales Autónomas y Experimentales, y la implementación del sistema de maquetas.
Por otra parte, aunado a las razones jurídicas antes expuestas desde el punto de vista técnico-administrativo no es posible la remisión de las nóminas de las Universidades Nacionales autónomas y Experimentales, por cuanto no se garantiza el pago de salarios y pensiones de personal activo y jubilado, no se garantiza el pago del personal contratado que no se encuentra en nómina, ni las retenciones legales, contractuales, de seguridad social, asimismo no se protege el pago de las pensiones de sobrevivientes y alimento que deben ser retenidas por orden judicial.
En razón de lo expuesto, hasta tanto se informe jurídica y técnicamente el alcance de la veracidad de la citada instrucción, y los equipos técnicos de nuestras Universidades determinen la legalidad y viabilidad de la remisión de las nóminas al sistema patria, nos vemos imposibilitados de cumplir la solicitud efectuada por un medio inadecuado (telegram), y por cuanto legalmente somos los responsables de la administración y pago de los salarios, pensiones y demás beneficios laborales cuyo incumplimiento generará la violación de derechos humanos fundamentales, así como los convenios y recomendaciones emanadas de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Finalmente, en respeto a los derechos laborales del personal docente y demás trabajadores universitarios, es pertinente notificarles sobre la referida medida administrativa que puede generar transgresión de sus derechos humanos fundamentales.
Suscriben el documento, Cecilia García Arocha, Rectora de la UCV; Mario Bonucci Rossini, Rector ULA; Jessy Divo, Rectora UC; Milena Bravo de Romero, Rectora UDO; Judith Aular de Duran, Rectora de LUZ; Enrique Planchart Rotundo , Rector USB; Raúl López Sayago, Rector UPEL; Rita Elena Añez,. Rectora UNEXPOAJS; Edgar Alvarado Ramírez, Rector (e) UCLA; Raúl Casanova Ostos, Rector UnexTa