Prohíben puntos de ventas que realicen solo operaciones con tarjetas internacionales #11Feb

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Prohibir a los bancos y a los proveedores no bancarios utilizar puntos de venta que solo permitan procesar operaciones con tarjetas de debido o crédito internacional, acordó la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), exhortándoles a evitar la realización de transacciones que no cumplan con la normativa legal vigente en esta materia.

A través de la circular SIB-DSB-CJ-OD 00801, de fecha 9 de febrero, la Sudeban expone que ha evidenciado de las visitas de inspección realizadas a las distintas sociedades mercantiles que operan bajo la figura de Proveedores de Puntos de Venta, que algunos de ellos se encuentran comercializando equipos puntos de venta de la marca ”Flexipos” con el aplicativo Net 24/7, propiedad de la empresa Services 24-7.LLC., domiciliada en el Estado de Florida de los Estados Unidos de América lo que le permite a los establecimientos comerciales que utilizan tales dispositivos procesar transacciones exclusivamente con tarjetas de débito y crédito internacionales al margen  del sistema nacional de pagos.

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Advierte asimismo, que “dicha práctica, a través de la utilización de los puntos de ventas ”Flexipos” con el aplicativo Net 24/7, pudiera estar contribuyendo con la realización de actividades contrarias a la normativa nacional vigente en materia de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la proliferación de Armas de Destrucción masiva”.

“Concluye este ente regulador que la condición de proveedor de puntos de venta  ha sido empleada para ubicar físicamente los equipos en los comercios nacionales y permitir la actividad de Servicios 24-7, LLC y su aplicativo Net 24/7 en territorio venezolano, sin autorización por parte de este Organismo”.

“En consecuencia, se reitera que las instituciones bancarias como responsables de todo lo relativo al servicio de punto de venta, deberán velar por el uso adecuado de los puntos de venta por parte de los negocios o personas afiliadas a los cuales el proveedor los instale, especialmente en cuanto a la realización de las operaciones no autorizadas.

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