Acceso a la Justicia: Constituyente sin Constitución y persiguiendo a la disidencia #2Dic

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Las tres tareas que una Asamblea Nacional Constituyente (ANC) debe ejecutar una vez convocada por el pueblo, de acuerdo con el artículo 347 de la Constitución de 1999 son “Transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”. No obstante, ninguna de esas asignaciones ha sido llevada a cabo por la instancia convocada írritamente por Nicolás Maduro en 2017 y no por el pueblo como manda la Constitución. 

Acceso a la Justicia advierte que la ANC, en cambio, se ha dedicado a atacar a la Asamblea Nacional (AN), electa en diciembre de 2015, asumir sus funciones y perseguir a la disidencia.

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La denuncia de AJ esta contenida en su Informe sobre la Asamblea Nacional Constituyente: su utilización como parte de la fachada institucional en Venezuela, en el cual concluyó que la instancia fue activada «con el objetivo de arrogarse las competencias parlamentarias y, en consecuencia, profundizar la obstrucción al funcionamiento del Poder Legislativo y la persecución de sus diputados».

Para sustentar sus señalamientos, la organización hizo un repaso de las decisiones que el órgano colegiado ha adoptado en sus más de tres años de funcionamiento. En ese sentido, recordó que ha dictado alrededor de una docena de «leyes constitucionales» (categoría inexistente en nuestro ordenamiento jurídico), entre las cuales destacan las polémicas Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia; la de Precios Acordados, la Ley del Impuesto a Grandes Patrimonios; y la más reciente, la Ley Antibloqueo; así como otros tantos «decretos constituyentes» como aquel con el que eliminó las alcaldías Metropolitana de Caracas y Mayor del Alto Apure.

En el informe se lee lo siguiente:

“Las decisiones de la Constituyente no son leyes porque no son dictadas por el órgano parlamentario ni mucho menos cumplen con el procedimiento constitucional para la elaboración de las leyes. Tampoco son decretos constituyentes ni leyes constitucionales dado que cada una de estas figuras no existen en el orden jurídico venezolano, además de que violan las garantías de la reserva legal y la mayoría de los derechos fundamentales de la carta venezolana”.

Contra la disidencia

Ratifican que la ANC se ha convertido en una herramienta de persecución contra la disidencia desde el primer momento; prueba de ello es que su primera decisión, nada más al instalarse el 4 de agosto de 2017, fue remover a la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, quien en abril de 2017 rompió con el Gobierno debido a los fallos mediante los cuales la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia  (TSJ) prácticamente aniquiló a la AN.

La medida contra Ortega Díaz fue solo la primera de muchas. Así, la cuestionada instancia solamente en el año 2019 se arrogó la potestad para levantar la inmunidad parlamentaria a veintidós diputados opositores y, por si fuera poco, desde 2017 adoptó decisiones que sentaron las bases para ilegalizar a decenas de partidos políticos de oposición, todo en represalia por no haber participado en las elecciones municipales de diciembre de ese año.

La irrita ANC  “ha propiciado la consolidación de un régimen autoritario (…) en perjuicio de los ciudadanos y el sistema democrático”, alerta Acceso a la Justicia en su reporte.

Árbol que nace torcido

En el informe se deja en claro que el comportamiento de la ANC no debería sorprender, dados los vicios que se dieron tanto en su proceso de convocatoria como de elección.

Como se recordará, Nicolás Maduro decidió activar la figura prevista en el artículo 347 constitucional, pero sin consultarles a los electores su parecer, como sí ocurrió en 1999. Esta decisión fue avalada por la Sala Constitucional del TSJ, que además aceptó las condiciones del Gobierno para elegir a sus integrantes, de manera “territorial y sectorial”, reñidas con lo establecido en la Carta Magna.

El reporte de Acceso a la Justicia afirma que:

“La integración de la Asamblea Nacional Constituyente por medio de esta forma de votación territorial y sectorial, es decir, por sectores escogidos por el presidente de la República, representaba una elección limitativa, además de discriminatoria, contrariamente a lo dispuesto en el artículo 63 de la Constitución, que establece que el sufragio es un derecho que se ejercerá mediante votación libre, universal, directa y secreta”.

A lo arriba citado se le agrega que “Esta fórmula electoral para elegir a los representantes de la Asamblea Nacional Constituyente había sido concebida para evadir el sistema utilizado en 2015 para las elecciones de diputados, y en el que el oficialismo fue derrotado”.

Estos vicios motivaron que la oposición no participara en su elección y que 40 países anunciaran que no reconocerían sus decisiones.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

La Constituyente de 2017 no ha cumplido con ninguna de las tareas que le asigna la Constitución, pero sí le ha sido muy útil al Gobierno de Maduro en tareas que le son ajenas. Cesará sus funciones en diciembre al estar garantizada la toma de la AN por el partido de Gobierno y sin proyecto de constitución. «La ANC no presentará una nueva Constitución», admitió en septiembre su presidente, Diosdado Cabello.  Bajo el pretexto de que es «supraconstitucional» se ha arrogado las funciones de la AN electa por más de 14 millones de venezolanos en diciembre de 2015.

En el reporte se deja en claro que la instancia ha aplica un sistema jurídico desarrollado a partir de sus propias decisiones caprichosas, para así darle la estocada final al proceso de desmantelamiento del Estado constitucional de derecho que ocurre en Venezuela desde hace ya más de veinte años, precisa el informe de Acceso a la Justicia.

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