Levantar la suspensión de 90 días, decretada mediante decisión 0078 del 07 de julio de 2020, sobre los instrumentos normativos dictados por los concejos municipales de 14 municipios en entidades federales de todo el país, acordó la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen de Nicolás Maduro.
Los municipios beneficiados con la medida son Maneiro (Nueva Esparta), Sucre, Chacao, Guaicaipuro y Zamora (Miranda), Vargas (La Guaira), Libertador (Distrito Capital) Valencia y Los Guayos (Carabobo), Girardot (Aragua), Caroní (Bolívar), Lima Blanco (Cojedes), Agua Blanca y Sucre (Portuguesa), mediante los cuales éstos habían establecido tasas o contribuciones de naturaleza tributaria.
Así lo indica la sentencia 0161-2020, con ponencia del vicepresidente de la Sala Constitucional, magistrado Arcadio Delgado Rosales, en la que también se ordena notificar del dictamen al Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior, así como a los alcaldes de los mencionados municipios, en concordancia con lo establecido en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Mediante la medida levantada por la Sala Constitucional, se suspendía la aplicación de cualquier instrumento normativo dictado por los concejos municipales y consejos legislativos de los estados que establecieran algún tipo de tasa o contribución de naturaleza tributaria, así como cualquier decreto o acto administrativo de efectos generales dictado con la misma finalidad, por los alcaldes o gobernadores, y se ordenó la conformación de una mesa técnica para armonizar lo referido a los tipos impositivos y alícuotas de los tributos.