#OPINIÓN La Ley Antibloqueo #11Oct

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La Ley Antibloqueo bien pudiera llamarse “Ley de Privatización”, según el contenido de la misma. El término “Antibloqueo” sugiere que se busca que el público vea una acción anti imperialista, en vez de ver lo que realmente es: El reconocimiento de la privatización como solución. El nombre de la Ley también pone el énfasis en las sanciones norteamericanas como supuesta explicación de un fracaso económico debido, más que todo, al estatismo y controles impuestos por los gobiernos chavistas quince años antes de que comenzaran dichas sanciones.

La importancia económica de esta nueva Ley puede ser la explicación de la reubicación de una persona de extrema confianza del gobierno de Maduro, Delcy Rodríguez, como Vicepresidente de Economía. Esta observación implica que las privatizaciones serían políticamente dirigidas a aliados internos y externos; no siempre al mejor postor.

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Desde el punto de vista político, la nueva Ley y la Privatización parecen explicar el afán puesto por el gobierno de NM en controlar la mayoría en una nueva Asamblea Nacional. No se trata de controlarla por razones meramente políticas porque, desde 2016, el gobierno de NM ha vivido y hecho al margen de las decisiones del Legislativo controlado por la oposición, sino porque la privatización necesita de la aprobación de dicha Asamblea, tanto constitucionalmente como para generar confianza jurídica en los inversionistas. No habría contradicción entre una primera aprobación de la Ley por la ANC porque luego puede ser ratificada por la mayoría que el chavismo espera lograr en la elección de diputados en diciembre 2020.

Lástima que el trasfondo legal de la Ley sea su origen, en la cuestionada ANC, y un caso de desaplicación del derecho (Allan R. Brewer C) por cuanto pretende ser una Ley Constitucional (¿), que prevalece por encima de leyes orgánicas vigentes, establece el secreto de las operaciones de compra venta y de las contrataciones realizadas, coloca los ingresos obtenidos al margen del Tesoro Nacional e insiste en la temporalidad de sí misma y de sus operaciones.

Los mecanismos de la Ley Antibloqueo son: “Protección de los activos internos y externos de la amenaza de confiscación, robo y saqueo por parte de gobiernos extranjeros o empresas alineadas al bloqueo” (discurso de NM al presentar el proyecto); la Privatización mediante alianzas o asociaciones con sectores productivos dentro y fuera de Venezuela; Contratos de Gestión para la operación parcial o integral de empresas del Estado por el sector privado nacional e internacional; Reprivatización de activos expropiados …respetando los derechos de quien demuestre ser su legítimo propietario, procurando priorizar su participación en la respectiva alianza; Protección de la Inversión Privada y Extranjera; Promoción de la Inversión Privada,… mencionando como posible socios o compradores de empresas del Estado a profesionales, técnicos, científicos, académicos, empresarios y grupos de trabajadores mediante condiciones financieras y facilidades de compra; Reorganización de los entes descentralizados con fines empresariales,…, en procura de su modernización y adaptación a los mecanismos propios de la práctica mercantil del Derecho Internacional Privado,… todo ello “…sin perjuicio a lo establecido en el artículo 303 de la Constitución, el cual establece la totalidad de la acciones de PDVSA en manos del Estado pero exceptúa a“… las filiales, asociaciones estratégicas, empresas…que se hayan constituido o se constituyan…”; y Puesta en marcha de otros mecanismos financieros con la potenciación del uso del Petro y otras criptomonedas.

Los beneficios esperados son aumentar los ingresos de la nación mediante la venta de activos y recabación de impuestos; la inversión y recuperación de la producción de empresas y servicios del Estado; recuperación del salario real y del valor de las prestaciones de los trabajadores y freno a la fuga de cerebros; disponer de recursos para promover la inversión y producción nacional; sustituir importaciones; recuperar programas sociales; recuperación de la infraestructura nacional, de los servicios públicos; y garantizar los derechos humanos.

Nuestra próxima entrega considerará las estrategias empresariales y consecuencias de la aplicación de esta Ley.

José Antonio Gil Yepes

@joseagilyepes

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