El trabajador de Venalum, Franklin Gascón, cumple 12 días desde su detención el pasado 17 de septiembre, y aún no se le realiza la debida audiencia de presentación que tenía que ocurrir en un lapso no mayor a 48 horas.
El viernes 25 de septiembre, el Movimiento Vinotinto, coordinado por el abogado Luis Manuel Guevara en Puerto Ordaz, interpuso una acción de amparo constitucional, bajo la modalidad de habeas corpus, ante el Tribunal Segundo de Control, el cual envió un oficio al Destacamento 625 de la Guardia Nacional para que informara en un lapso perentorio de 24 horas las condiciones de detención de Franklin Gascón.
Hasta este lunes, el tribunal seguía sin recibir información por parte de la GNB. Guevara confirmó que el expediente de Gascón aún no aparece ni en el sistema ni en los archivos manuales de tribunales y Fiscalía. Sin embargo, la Guardia Nacional mantiene el arresto de manera ilegal, violando el debido proceso que establece la Constitución en sus artículos 44 y 49.
Guevara informó que este martes acudirán a la Defensoría del Pueblo para que también se aboque al caso del trabajador de Venalum. Recordó que la detención se dio en el peaje de la vía a Upata cuando funcionarios militares revisaron su documentación y apareció solicitado por el Tribunal Cuarto de Control.
Orden de 2018
La orden de captura data de diciembre de 2018, cuando privaron de libertad al secretario general del Sindicato Único de Trabajadores Profesionales Universitarios de Venalum (Sutrapuval), José Hidalgo, y otros tres trabajadores: Andrés Rojas, Noel Gerdez y Néstor Morillo, durante un operativo tipo comando de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (Dgcim), que ingresó al patio de colada en el portón 5 de Venalum, donde permanecían retenidas unas 6 mil toneladas de aluminio.
Esto se dio en el contexto de las protestas por la eliminación de las tablas salariales y el secuestro de los contratos colectivos. El trabajador Douglas González también recibió una orden de aprehensión. Los cuatro empleados salieron en libertad en febrero de 2019.
Ilegalidades
El caso de Franklin Gascón se suma las irregularidades en los procedimientos de los órganos de seguridad del Estado, al mantenerlo apresado por más de 10 días sin audiencia de presentación, para que sea un tribunal quien determine si queda bajo privativa, con medidas cautelares o libertad plena.
El artículo 44 de la Constitución, en su numeral 1, precisa que “ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida in fraganti. En este caso será llevada ante una autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez o jueza en cada caso”.
El artículo 49, referente al debido proceso, establece en su numeral 2 que “toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario”.
La Intersectorial de Trabajadores de Guayana (ITG) denunció el viernes 25 de septiembre que Gascón inició una huelga de hambre como medida de presión. Esta huelga se mantiene de forma parcial, haciendo ayunos hasta mediodía, lo cual incide en su estado de salud.
La ITG también advirtió que, en vista del extravío del expediente de 2018 por el que lo arrestaron, pretenderían forjarle un nuevo expediente e inculparlo por delitos no cometidos.
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