Con un presupuesto estimado en 561.000 dólares estará operando el Consejo de Contraloría Nacional, cuyo titular es el abogado larense, Juan Pablo Soteldo Azparren, designado por la Asamblea Nacional, durante el pasado mes de febrero de 2020.
La información se conoció debido a que el contralor especial, designado por la Asamblea Nacional, Juan Pablo Soteldo Azparren respondió una solicitud de información hecha por Transparencia Venezuela, donde aseguró que aún se están adelantado las fases necesarias para activar el sistema de control de los recursos públicos, que están bajo la responsabilidad del gobierno interino, pero adelantó que la institución a su cargo contaría con un presupuesto estimado de US $ 561.000, cifra que no es definitiva pues aún no se conoce el monto específico que será asignado.
“El origen de los recursos del Consejo de Contraloría es la Ley Especial del Fondo para la liberación de Venezuela y Atención de casos de Riesgo Vital (LEFLVACRV), el cual en su artículo 10 numeral 6, destina la cantidad de $1.968.000 para el proyecto de cumplimiento de las funciones de la Contraloría Especial y del Poder Judicial Nacional”, afirmó, en respuesta a la comunicación remitida por la organización. “De ese monto, y en función a algunas estimaciones iniciales, el presupuesto del Consejo está estimado en $561,000, sin embargo, hasta tanto no se nos comunique un monto específico, no podemos desarrollar la distribución institucional del gasto, y hasta tanto no tengamos una estructura organizativa no podemos definir los objetivos y metas a cumplir por cada unidad”, señaló.
La solicitud de información hecha por Transparencia Venezuela tiene fundamento en el derecho a saber consagrado en la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, el artículo 13 del Pacto de San José, el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el derecho previsto en la Constitución Nacional que tiene toda persona a requerir información y “a ser informada oportuna y verazmente por la Administración Pública, sobre el estado de las actuaciones en que estén directamente interesadas”. También en atención a lo previsto en Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos; en el artículo 9 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública y 38 del Decreto con Fuerza, Valor y Rango de Ley sobre Simplificación de Trámites Administrativos.
El contralor especial, quien inició formalmente el ejercicio de sus funciones a partir de la entrada en vigencia de la Ley para la Organización y Funcionamiento del Consejo de Contraloría de la República Bolivariana de Venezuela, el pasado 21 de mayo, adelantó que ya se trabaja en el diseño de tres proyectos medulares: Asesoría y Apoyo, Control Fiscal y Procedimientos Especiales, este último para la determinación de responsabilidades y la aplicación de sanciones, a partir de investigaciones de las denuncias hechas por particulares y cualquier otro planteamiento del Poder Ejecutivo o Poder Legislativo.