La constitucionalidad del Decreto N° 4.242 del 02 de julio de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.551 Extraordinario, de la misma fecha, mediante el cual se decreta la prórroga del Decreto N° 4.194 de fecha 4 de mayo de 2020, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, declaró la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, del régimen de Nicolás Maduro.
Señala la sentencia N° 0080-2020, con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, que es nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto que pretenda desaprobar el Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica.
Igualmente, la Sala del TSJ reitera que las sentencias de la Sala Constitucional tienen carácter y efectos erga omnes, inclusive para todos los órganos del Poder Público Nacional; asimismo, ordena publicar el fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la Gaceta Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.