A las instituciones bancarias autorizadas a operar en el mercado de divisas, el Banco Central de Venezuela giro instrucciones para que vendan en las mesas cambiarias las posiciones en dólares estadounidenses que obtengan como resultado de la comercialización de gasolina a precios internacionales.
De acuerdo con la información, esta decisión fue tomada por el directorio del BCV el pasado 11 de junio y entró en vigencia a partir del día 16, decisión que no tiene otro objetivo de aumentar la oferta de dólares al menudeo, aun cuando en los últimos días se ha observado como el tipo de cambio en el mercado paralelo se ha mantenido relativamente estable, debido a que no ha habido una gran demanda de divisas.
A continuación el texto de la circular con las instrucciones, enviadas a la red nacional de instituciones bancarias del país:
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
RIF: G-20000110-0 Caracas, 16 de junio de 2020
CIRCULAR
El Banco Central de Venezuela, en función de lo establecido en la Sección II del Capítulo II del Convenio Cambiario N° 1 del 21/08/2018, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.405 Extraordinario de fecha 07/09/2018, informa a los bancos universales regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario, autorizados como intermediarios especializados para efectuar operaciones cambiarias al menudeo, que el Directorio de este Instituto en su sesión N° 5.207 de fecha 11/06/2020, acordó que dichos intermediarios deberán proceder a la venta de sus posiciones en moneda extranjera en efectivo derivadas de las operaciones cambiarias al menudeo, producto de las comercialización del combustible líquido, a través de las respectivas Mesas de Cambio.
La presente Circular entrará en vigencia el 16 de junio de 2020
Atentamente, Joaquín Sánchez Gerente de Operaciones Cambiarias.