#OPINIÓN Constitución, salud y cuarentena #28Mar

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La pandemia del coronavirus amenaza nuestros derechos a la vida y a la salud, sin los cuales los demás se esfuman. Apoyo cada esfuerzo, hágalo quien lo haga, por enfrentar ese gravísimo riesgo ya planetario, así que no me cambien la conversación con propaganda. Y como pienso que el peligro debería unirnos, también creo que sería mucho menos difícil derrotarlo si el país viviera una situación de normalidad constitucional y social. Esa normalidad ayuda a hacer frente a la anormalidad que es la emergencia.

Unirnos, claro, en la diversidad que es la única unidad posible y verdadera. La uniformidad nunca es unidad, sino imposición y ésta es, precisamente, la que nos mantiene divididos en contra del interés común y en beneficio del interés de unos pocos que sacan provecho al desencuentro. Lo vemos en la televisión todos los días. Los países democráticos encuentran con menor dificultad los consensos que tan útiles son para los grandes éxitos. Que “Hasta para frenar un virus hay que vivir en democracia”, lo declaró el viernes 20 a El Tiempo portocruzano la notable científica venezolana Gioconda Cunto de San Blas.

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Respaldo las medidas y las acciones por sentido común, el mismo que me lleva a creer en las bondades de la disciplina social, no como resultado de un decreto, sino como fruto espontáneo de la madurez ciudadana cuyo ecosistema natural más amigable es la democracia. Como diría Gallegos, “El imperio de las leyes bien cumplidas”, como ese derecho a la salud del artículo 83 constitucional.

La normalidad constitucional no es otra cosa que el buen funcionamiento de la Constitución. Ni ella ni su cumplimiento serán perfectos, pero en su sistema de equilibrios y controles, de poder limitado y distribuido, está la garantía para que nuestros derechos sean respetados, defendidos y cuando hace falta reclamados y restablecidos. Eso trae muchas ventajas para todos. Ventajas que van más allá de una simple y fácil de entender, como que el Fondo Monetario Internacional no cerraría la puerta a nuestras autoridades, porque no tendría dudas acerca de su legitimidad, ni de la legalidad de sus actos, ni de la transparencia con la cual se manejarían los fondos por la existencia de controles efectivos.

La normalidad constitucional ayuda la normalidad social. ¿Quién duda que estaríamos en mejores condiciones como pueblo ante el Coronavirus si no se asfixiara inconstitucional e ilegalmente a las universidades nacionales donde avanza la ciencia? Hablo de todas las escuelas e institutos de medicina, farmacia, bioanálisis, biología y química. ¿No estaríamos mejor si la terquedad en el error no hubiera empujado a miles de profesionales de éstas y otras especialidades a irse del país en busca de oportunidades y futuro que aquí veían incierto?

El Derecho es una garantía, no un obstáculo, para cumplir los objetivos personales y sociales que no son complementarios, nunca excluyentes entre sí. Por eso, la misma Constitución que nos define como Estado democrático y social de Derecho y de Justicia (Art.2), comprende los estados de excepción (Artículos 337 al 339) en circunstancias que nos afectan gravemente y que ameritan acciones extraordinarias. Ellos son el estado de alarma por “catástrofes o calamidades públicas u otros acontecimientos similares”, la emergencia económica y la conmoción interior o exterior. Allí se dice cuales garantías pueden restringirse temporalmente y cuáles no; el deber de presentar el decreto a la Asamblea Nacional y para que se pronuncie sobre su constitucionalidad, a la Sala Constitucional del TSJ, sin interrumpir el funcionamiento de los poderes públicos. El Ejecutivo está obligado a cumplir esas formalidades. Es nuestro derecho exigirlo.

La seguridad jurídica, esa certeza que da el Derecho, es otro bien social a cuidar. La salud de la República cuida la salud de los hombres, mujeres, niñas y niños de Venezuela.

Ramón Guillermo Aveledo

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