BCV sincera comisiones que bancos pueden cobrar a comercios por operaciones con tarjetas

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La estructura de comisiones o tasas de descuento que los bancos podrán cobrar a sus redes de comercios afiliados, por las operaciones de autorización y procesamiento de pago con tarjetas de débito, crédito, prepagadas y demás instrumentos de financiamiento y pago electrónico, a través de puntos de venta, fueron modificadas por el Banco Central de Venezuela, tal como lo anuncia a través de un aviso oficial.

En efecto, quedan un rango entre 0,75% y 2,50% del valor de la transacción como topes máximos, las comisiones para consumos con tarjetas de débito; mientras que las compras con plásticos de crédito o de cargo se establecen entre 2,50% y 10% del monto de la transacción. Se advierte que los valores más altos se aplican para el pago de consumos considerados suntuarios.
Se explica que la disposición exonera de comisiones el pago de servicios sin fines de lucro y bienes de alimentación subsidiados, de manera que las entidades bancarias, en su condición de emisores y/o adquirientes, no podrán cobrar comisiones o descuentos al comercio en las redes de ventas administradas por el Estado, como Pdval o Mercal.

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Entre tanto, la compra de alimentos frescos, procesados y preparados tendrá una comisión por transacción máxima de 0,75% por tarjetas de débito y similares y de 2,50% con tarjetas de crédito.

El pago de servicios públicos básicos implicarán cargos máximos a las prestadoras de 1% para operaciones con instrumentos de débito y 2,50% para instrumentos de crédito.

Las comisiones por pagos con tarjetas de débito tendrán un límite máximo de 0,75% del monto de la operación y con crédito de 2,50%, en el sector salud.

Instituciones educativas, pagaran a los bancos por operaciones de débito en punto de venta un máximo de 1% y de 2,50% por operaciones con productos de crédito.

Comisiones de 1% por transacciones con tarjetas de débito y 4% por uso de tarjetas de créditos pagaran las tiendas de vestidos y calzados. Los mismos descuentos o comisiones serán aplicados a los establecimientos de equipamiento del hogar.

En 2% se fija la tasa máxima de comisión para las operaciones con tarjetas de debito, para los bienes y servicios financieros y no financieros, que incluyen una amplia variedad que va desde los servicios de telecomunicaciones, adquisiciones de teléfonos móviles, vehículos, repuestos, boletos aéreos, entre otros, mientras que por el uso de tarjetas de crédito la comisión será de 5,50%.

Servicios entretenimiento tendrán comisiones a los prestadores de 2% por autorización y/o procesamiento de pagos con tarjetas de débito de 2% y crédito de 5%.

El instituto emisor establece que los servicios de lujo implicarán cobros o descuentos del monto de las transacciones de pago en favor de la banca de 2,50% para instrumentos de débito y 10% para los de crédito.

Se recuerda que el presente Aviso Oficial sustituye al dictado en esta materia por el Directorio del Banco Central de Venezuela en fecha 04 de diciembre de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.073 de la misma fecha», señala el aviso del ente emisor.

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