Sostiene el Dr. José Gregorio Zaá, quien tiene un postgrado en Derecho Penal
y es docente universitario, que Juan José Márquez, tío de Juan Guaidó, no puede estar preso porque no se cumplieron los requisitos para su aprehensión.
Estos son:
- La comisión de un hecho punible que merezca la privativa de libertad. O que el delito no haya prescrito.
- Que existan fundados elementos de convicción de que haya sido el autor o partícipe en la comisión de ese hecho.
- La presunción de peligro de fuga de la persona imputada.
Cabe señalar que hay delitos en los cuales no existe ese tipo de presunción.
En el caso de Márquez se produjo una desaparición forzada durante más de 24 horas, durante las cuales sus familiares no sabían su paradero.
Al momento de ser detenido, habiendo personas en el aeropuerto, ninguna fue llamada para testificar de su aprehensión.
Quien informa de la detención no es ninguna autoridad penal, ni judicial, sino Diosdado Cabello, que no tiene competencia en el caso.
Cabello dijo que le fueron encontradas “linternas tácticas” en cuyo interior había sustancias químicas explosivas. Y comentó; ¿Qué hay que soltarlo? No, no y mil veces, no. El gobierno de Portugal y la propia aerolínea, donde viajó Márquez, desmintieron que por el aeropuerto de Lisboa haya podido pasar el tío de Guaidó con material explosivo. Pasó tranquilamente porque nada llevaba.
Fue traslado a un tribunal del estado La Guaira y no al palacio de justicia, de Caracas, donde aguardaba su abogado ser llamado.
Y el fiscal del régimen Tareck Williams Saab anuncia que la detención se puede prolongar 45 días, desconociendo el derecho de presunción de inocencia mientras se realizan las investigaciones.
Se trata, claramente, de una detención arbitraria y con el fin de perjudicar a Guaidó por su gira triunfante por América y Europa, donde robusteció el apoyo que ha recibido.