La industria manufacturera nacional ha sido severamente afectada, con el Decreto N° 4.080 de fecha 26 de diciembre de 2019, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.497, a través del cual se eliminó el 60,32%, equivalentes a 4.999 códigos arancelarios, que representan materias primas y productos que ahora se importan sin pagar tributos.
De acuerdo con un trabajo de coyuntura elaborado por Conindustria, según el Decreto 4.080 todas las subpartidas continúan exoneradas del pago del Impuesto de Importación y Tasa por Determinación de Régimen Aduanero e IVA.
Revela la información que de las 4.999 subpartidas eliminadas, 2.918, equivalentes a 58,37% corresponden corresponden a “materias primas, insumos, intermedios y semimanufacturas”. De estos, 52% (1.523 subpartidas) se refiere a “productos químicos” lo que afecta en gran medida al sector manufacturero en general, por ser el subsector químico de carácter transversal (insumos requeridos por la mayoría de los subsectores productivos).
Se indica que a través de este decreto, el gobierno extendió la exoneración del impuesto de importación hasta el 30 de junio de 2020.
El 28,55% (1.427 subpartidas) se refiere a “maquinarias, aparatos, material eléctrico, instrumentos y aparatos de análisis y control”, también requeridos por el sector industrial.
Se destaca que el 86,92% del total excluido, es la suma de las “materias primas…”, y de las “maquinarias…” (4.345 subpartidas), son indispensables para “estimular el aparato productivonacional”.
Se advierte que solo excluyeron el 13,08% (654 subpartidas) de “productos terminados”.
Impacto sectorial
Al revisarse el impacto que el Decreto tiene a nivel sectorial, se evidencia:
En lo inherente a la industria química, la materia prima necesaria para la elaboración de detergentes, fue suprimida de la exoneración.
En textiles, también se suprimieron las fibras, filamentos e hilados de algodón, lana, de fibras sintéticas y artificiales, entre otros, imprescindibles para la fabricación de hilo, tejidos y confección.
En la industria papelera, de 17 subpartidas solo quedaron 3 que clasifican la pasta para la fabricación de papel, cartón y todas sus manufacturas, lo que evidentemente envía una señal de incentivo a la importación de estos productos ya elaborados, dañando la ya muy golpeada industria papelera nacional.
En cuanto al sector alimentos, se exoneraron bases para salsas y salsas preparadas: “ketchup”, mostaza, mayonesa, salsa de soya, entre otras. Asimismo, se incorporaron productos a base de cacao, condimentos y concentrados de proteína en cápsulas (cubitos).
Con respecto a la industria en general, se incrementará aún más la obsolescencia de los equipos, con el consiguiente rezago tecnológico, ya que fueron suprimidas todas las maquinarias, aparatos, material eléctrico, instrumentos y aparatos de análisis y control, utilizados para la producción de bienes nacionales destinados al uso y consumo tanto del mercado interno como externo.
En conclusión, este Decreto promueve una vez más, la importación y la comercialización de bienes finales, ya que con medidas de este tipo, se beneficia al trabajador de otras latitudes y se generan riquezas para empresarios foráneos e intermediarios.
Peor aún, con este Decreto, el Gobierno, lejos de alcanzar el objetivo que expresa en los considerandos de la norma en cuestión, continúa contribuyendo, inequívocamente, al cierre de más establecimientos industriales, con el consecuente desempleo y disminución de exportaciones, en perjuicio del ingreso del grupo familiar y en la contracción aún mayor de la demanda de bienes producidos en Venezuela.
Este Decreto promueve una vez más, la importación y la comercialización de bienes finales, ya que con medidas de este tipo, se beneficia al trabajador de otras latitudes y se generan riquezas para empresarios foráneos e intermediarios, advierte el análisis coyuntural de Conindustria.