“La soberbia es una discapacidad que suele afectar a Pobres Infelices Mortales, que se encuentran de golpe con una miserable cuota de Poder.”
JOSÉ FRANCISCO DE SAN MARTÍN Y MATORRAS
(25-02-1.778-17-08-1.850).
San Martín fue un militar y político rioplatense, y uno de los libertadores de Argentina y Chile, colaborador en la liberación de Perú. En abril de 1.784, cuando tenía seis años llegó con su familia a la ciudad española de Cádiz y se radicó luego en la ciudad de Málaga.Estudió en el Real Seminario de Nobles de Madrid y en la Escuela de Temporalidades de Málaga en 1.786. Hizo su carrera militar en el Regimiento de Murcia.Combatió en el norte de África, luego contra la dominación napoleónica de España y participó en las batallas de Bailén y La Albuera.
En 1.812, retornó a Buenos Aires, se puso al servicio de la independencia de las Provincias Unidas del Río de la Plata.Se le encomendó la creación del Regimiento de Granaderos a Caballo. Se encargó de la jefatura del Ejército del Norte, en reemplazo del general Belgrano. Fue nombrado gobernador de Cuyo, con sede en la ciudad de Mendoza, tras organizar al Ejército de los Andes, cruzó la cordillera del mismo nombre y lideró la liberación de Chile, en las batallas de Chacabuco y Maipú. Luego, utilizando una flota organizada y financiada por Chile. y luego de recibir instrucciones del Senado de Chile,atacó al centro del poder español en Sudamérica, la ciudad de Lima. Finalizó su carrera de las armas luego de producida la Entrevista de Guayaquil con Simón Bolívar, en 1.822, donde le cedió su ejército y la meta de finalizar la liberación del Perú.
En Argentina se lo reconoce como el “Padre de la Patria y el “Libertador” y se lo valora como el principal héroe y prócer del panteón nacional. Fuente: Wikipedia.
¿Cómo se puede definir a quien viola la Constitución, las leyes y/o a los reglamentos expresos en el Estamento Legal venezolano o internacional? ¿Delincuentes?
“Supongo que” los ciudadanos venezolanos no podemos terminar por acostumbrarnos y admitir situaciones anómalas que atentan contra la integridad de nuestros Derechos Humanos más elementales.
Esto va desde el poder transferido a través de la impunidad a “presuntos” transgresores del Estamento Legal que han sido gravados cometiendo delitos ante la presencia de los cuerpos de seguridad que otrora estaban destinado a la preservación de la seguridad física de los ciudadanos y el orden público hasta la exacerbada actitud de funcionarios en alcabalas móviles en ciudades y carreteras.
Simple pregunta: ¿En qué parte de nuestras Constitución Nacional, leyes o reglamentos está expreso que se autoriza a un funcionario del orden público a detener a un ciudadano porque supuestamente le miró de una manera que a él no le agradó?
El domingo 12 del presente mes, veníamos de Valencia y en una alcabala móvil situada entre el peaje de Yaracuy y la entrada de Barquisimeto, una funcionaría nos detuvo y luego de solicitar la documentación del auto, y de haber conseguido todo correctamente normal, nos informó, de manera por demás prepotente, que todo se debía a que el conductor le había mirado de una manera que a ella no le gustó.
Tal vez parezca una situación hasta ridícula, ante los problemas que ocasionan los:
“¡Esto lo podemos arreglar!”
Los intentos de avasallamiento son comentados de manera persistentemente continua, y podrían ser controlados, y penalizados fácilmente, si actuaran funcionarios de “Asuntos Internos.”
Maximiliano Pérez