Declarar la constitucionalidad del Decreto N° 4.090, de fecha 05 de enero de 2020, y publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.501 Extraordinario, mediante el cual el presidente de la República, ciudadano Nicolás Maduro Moros, declaró el Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, acordó la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
En efecto, así lo establece la sentencia N° 0002-2020 de la Sala del Alto Juzgado, con ponencia del presidente de la misma, magistrado Juan José Mendoza Jover, en la que también declaró como nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato pretenda desaprobar el Decreto de Estado de Excepción.
Asimismo, ratificó que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados del parlamento, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del Alto Juzgado de la República.