Medida de privación judicial preventiva de libertad contra la ciudadana Glenda Margarita Castillo Muñoz y los ciudadanos Cruz Ramírez y Freddy Omar Guerrero Chacón, por la presunta comisión de los delitos de pornografía y asociación, decretó el Tribunal 2° de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas.
Los delitos que dieron origen a esta sentencia, están previstos y sancionados en los artículos 46 y 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, e inclusión de niños, niñas y adolescentes en grupos criminales, tipificado y sancionado en el artículo 265 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Los hechos que originaron el caso, ocurrieron luego de un procedimiento realizado por la División Contra los Delitos Informáticos y de Experticias Informáticas del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) en el Centro Perú ubicado en el municipio Chacao, donde se desmantelaron dos laboratorios de pornografía a través de Internet, red que operaba como un «call center», donde trabajaban
unas 70 personas, entre ellas cinco adolescentes, que producía
ganancias en moneda extrajera.
El juzgado acordó como sitio de reclusión para los hombres el Internado Judicial El Rodeo II, ubicado en el estado Miranda, mientras que para la mujer el Instituto de Orientación de Femenina (INOF).
El tribunal ordenó la incautación preventiva de las oficinas donde
operaban los «call center», de conformidad con lo establecido en
el artículo 55 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia
Organizada y Financiamiento al Terrorismo.