El Condenar al ciudadano Gonzalo José Campo Solorzano, quien admitió los hechos, a cumplir la pena de cinco años de prisión más las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de asalto a transporte público en grado de tentativa, sentencio el Tribunal Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua.
La sentencia se aplica de acuerdo a lo previsto y sancionado en el artículo 357 tercer aparte, en relación con el artículo 80, ambos del Código Penal Venezolano vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos.
Agrega la sentencia dictada por el referido juzgado del estado Aragua, que se mantiene la medida privativa de libertad que en su oportunidad fuera dictada contra el mencionado ciudadano hasta tanto decida el tribunal de ejecución.
El tribunal ordenó la remisión de la presente causa al tribunal de ejecución que corresponda una vez culminado el lapso legal correspondiente.