“El artículo 191 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es claro y no lo pueden volver a redactar: Quienes aceptaron otros cargos públicos ya no son diputados y punto”, aseguró el diputado Henry Ramos Allup, al cuestionar la presencia en el Parlamento de algunos diputados que ocuparon cargos en la administración de Nicolás Maduro.
“Esta interpretación que ustedes hacen de la Constitución, creyendo que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, si estuviera legalmente constituido, pudiera hacer una interpretación constitucional contra litteris, pero la Sala Constitucional no puede redactar el artículo 191 de manera distinta , pero por añadidura diputado Ferreira le quiero decir, que esa Sala Constitucional es írrita, esta es la que está en desacato porque se conformó con magistrados express, designados entre gallos y medianoche por la anterior Asamblea Nacional, así que aquellos que aceptaron cargos públicos, ya no son diputados y punto”, dijo Ramos Allup.
El Artículo 191 de la Constitución señala expresamente: “Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional no podrán aceptar o ejercer cargos públicos sin perder su investidura, salvo en actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, siempre que no supongan dedicación exclusiva”.
Mientras que el segundo Vicepresidente de la Asamblea Nacional, Stalin González, afirmó que de acuerdo con el articulo 191 de la Carta Magna, Aristóbulo Isturiz, Francisco Torrealba y Elías Jaua fueron designados en cargos públicos.