#OPINIÓN La Red de Instituciones Larenses: Derechos humanos – económicos – producción #5Dic

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“El pueblo de Venezuela en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de forjadores y precursores de una patria libre y soberana;

Con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y a las futuras generaciones, asegure el derecho a la vida, al trabajo…

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El Título III DE LOS DEBERES Y DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS. – Capítulo I – Disposiciones Generales. Sus artículos numerados del 19 al 31 determinan claramente los Derechos Humanos que quedaron consagrados con la aprobación ciudadana  de la Constitución de la República, cúspide infinita de nuestras leyes.

 El Capítulo VII – DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS. Quedaron determinados en los artículos que van desde el numeral 112 al 118. Incluyendo  EL DERECHO A LA PROPIEDAD “ARTÍCULO 115: SE GARANTIZA EL DERECHO A LA PROPIEDAD. 

Toda persona tiene derechos AL USO, GOCE, DISFRUTE Y “DISPOSICIÓN” DE SUS BIENES…”

Ante un viejo proverbio que expresa:

“Existen dogmas que son utilizadas para esclavizar a los pueblos en nombre de los pobres…”

Pregunto:

¿Será letra muerta el Estamento Legal venezolano?

Sobrevivir en Venezuela, de por sí… es un hecho heroico.

De todos es conocido el diagnostico sobre la catástrofe que enfrentamos los ciudadanos que poblamos el más fabuloso país que ha existido en el mundo. Un territorio donde impera la desnutrición como consecuencia de la falta de alimentos, o de su carestía por la Hiperestanflación  resultante de la destrucción del aparato productivo.

El llamado a reflexión es a las personas que, perentoriamente, aceptaron la conducción del país. No entiendo el por qué de la intervención de 21 mataderos; la “presunta” difamación a sus dueños al tildárseles de: “Patrón ladrón que roba al pueblo,”; y las amenazas a toda la cadena de producción cárnica, cuando es conocida la situación  de las empresas administradas por el Estado; la supuesta entrega del principal patrimonio nacional, el petróleo, así como también el Arco Minero, la producción de minerales no metálicos, como lo es el Coltan, a imperios extranjeros como China, Rusia e Irán. Esto, entre múltiples causas que han determinado la catástrofe económica y por ende social que enfrentamos los venezolanos que a su vez somos víctimas de la corrupción y la delincuencia.

El TÍTULO VI – DEL SISTEMA SOCIO ECONÓMICO – CAPÍTULO I – del Régimen Socioeconómico y la Función del estado en la Economía, entre otras cosas, establece las bases para una economía eficiente, en libre competencia y productividad asegurando una existencia digna y provechosa para la colectividad, garantizando la seguridad jurídica.

Generalmente, los dueños de los mataderos son dueños de las fincas agropecuarias donde se cría y engorda el ganado y. así como fundar uno de estos sistemas consume la vida de varias generaciones, así ocurre con los mataderos.

Históricamente el producir alimentos exitosamente ha sido atacado por ser sector muy vulnerable…

La Justicia honesta es el camino de la paz… ¡Y existen delitos que no prescriben!

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