A partir de este sábado 1° de septiembre de 2018, entra en vigencia la modificación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), tal como fue aprobado mediante el Decreto Constituyente N° 3.584 del 21 de agosto de 2018, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.395, ratificó el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón.
“Este 1° de septiembre entra en vigencia la nueva alícuota del IVA de 16 por ciento, manteniendo las exenciones de Ley (…) se ha elevado 4 puntos porcentuales este impuesto, obteniendo un nuevo valor que pasó del 12 a 16 por ciento, y que este solo se aplicará para los gastos suntuarios”.
Explicó que están exentos del pago del IVA alimentos y productos de consumo humano, medicinas en general, agroquímicos, transporte de mercancía, servicios educativos, médicos asistenciales y públicos…”.
En este sentido, recordó a toda la ciudadanía que al momento de realizar cualquier compra deben exigir la Factura Legal, esto con el fin de que estos ingresos sean enterados al Tesoro Nacional y se continúen viendo reflejados en bienestar social del país.
Hizo énfasis en que: “No hay excusas para aumentar el precio de los productos, le estamos dando a los empresarios todas las garantías posibles”; también, recordó a los contribuyentes que: En todas las sedes del SENIAT en el territorio nacional se estarán dando charlas de cómo se aplicará esta Reforma Tributaria, además está disponible el 08000SENIAT (08000736428) para aclarar las dudas en esta materia”.
Destacó que medicamentos, servicios de agua, electricidad, telefonía, gas, productos para la higiene personal, así como alimentos de las necesidades básicas también están exentos del IVA.