Mediante un comunicado de prensa, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano venezolano Gustavo Enrique Pírela García, a la República de Colombia, para ser sometido a un proceso penal por su presunta participación en el delito de homicidio intencional calificado en grado de cooperador inmediato, tipificado y sancionado en el artículo 406, numeral 1, en concordancia con el artículo 83, ambos del Código Penal.
Agrega la sentencia N° 404/2017, con ponencia del magistrado Juan Luis Ibarra Verenzuela, que se asume el firme compromiso ante la República de Colombia, de que el mencionado ciudadano será juzgado únicamente por su presunta participación en la comisión del delito antes señalado, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Igualmente la decisión indica que en virtud de que la causa penal seguida se encuentra en fase preparatoria, resulta necesaria la comparecencia del ciudadano requerido para ser sometido a la jurisdicción de los tribunales ordinarios venezolanos, toda vez que en dicha oportunidad es cuando será impuesto de los hechos y de los elementos de convicción que sustentan su proceso.
Los hechos que originaron el presente caso, en los que resultó muerto un hombre, ocurrieron en horas de la noche del 31 de diciembre de 2015, en la urbanización Caña de Azúcar, municipio Mario Briceño Irragorry, estado Aragua.
Cabe recordar que el ciudadano Gustavo Enrique Pírela García, fue detenido por los cuerpos de seguridad colombianos, el pasado 25 de octubre en el puente internacional Simón Bolívar, cuando trataba de ingresar a territorio neogranadino.
Los funcionarios del vecino país reconocieron al referido ciudadano, debido a la emisión de una circular roja de Interpol por el delito de homicidio intencional calificado, emitida por el Ministerio Público venezolano.