Declarar procedente la solicitud de extradición desde los Estados Unidos de América, del ciudadano venezolano José Gustavo Cirigliano Elías, acordó la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia.
La decisión tiene como objetivo permitir que este ciudadano sea juzgado en nuestro país por la presunta comisión de los delitos de tráfico agravado, previsto en el artículo 149, en relación con el artículo 163, numeral 3, de la Ley Orgánica de Drogas; asociación para delinquir, contemplado en el artículo 37, en relación con el artículo 27 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; y simulación de hecho punible, estipulado en el artículo 239 del Código Penal Venezolano.
Verificó la Sala en el dictamen, con ponencia de su vicepresidenta, magistrada Elsa Gómez Moreno, el cumplimiento de los requisitos que rigen los procedimientos de extradición, y al respecto determinó la existencia de los principios de territorialidad, doble incriminación, limitación de las penas, no prescripción, la no entrega por delitos políticos, mínima gravedad del hecho, especialidad del delito, no entrega del nacional y reciprocidad internacional.
Con la decisión N° 417/2017, además de aprobar la procedencia de la petición, la Sala de Casación Penal asumió el firme compromiso ante el país al cual se le solicita la extradición, que el ciudadano José Cirigliano Elías será procesado por los delitos que se le imputan con las debidas seguridades y garantías constitucionales y procesales penales consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, destaca la información emanada del TSJ.