Convertirse en una herramienta que persigue a la oposición política, a los medios de comunicación y que protege al Gobierno, es el propósito de la Ley Contra el Odio que aprobó la Constituyente recientemente.
El relator para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Edison Lanza, aseguró este miércoles durante un foro que su concepción está totalmente viciada, partiendo del hecho de que el órgano que dirige Delcy Rodríguez no está facultado para crear legislaciones y que por lo cual, ha sido rechazado por la comunidad internacional ante la intención de convertirse en el poder sustituto de otro que fue elegido por 14 millones de venezolanos.
Haciendo referencia a una aseveración del Primer Mandatario, en la que aseguraba que la Ley Contra el Odio buscaba terminar con una campaña extremista de la oposición, Lanza indicó que se esconde el objetivo de controlar las opiniones de quien disienta, es decir, se trata de un Gobierno que ataca al ciudadano y domina cualquier contenido para garantizar su estadía en el poder.
“Aunque las expresiones que se dicen sean chocantes, son parte del debate político de Venezuela, esa es la verdad. Esta mal llamada ley es un gigantesco candado que se tiene para penalizar las expresiones, basándose en una supuesta promoción de violencia u odio”, detalló.
El artículo 20 de esta normativa, que además busca “la convivencia pacífica y la tolerancia”, establece que quien públicamente o mediante cualquier medio incite al odio será sancionado con prisión de 10 a 20 años. Al respecto, el abogado sostuvo que en Latinoamérica no hay penas tan graves para regular una expresión.
También cuestiona la imprescriptibilidad, que en el deber ser aplica en los casos donde se registran violaciones graves a los derechos humanos, y en esta ocasión pretenden atribuirla al ciudadano solo por su pensamiento. Magaly Vásquez, especialista en derecho penal de la Universidad Católica Andrés Bello, agregó que el antecedente más reciente está en el código penal español, cuyos estatutos están mucho más precisos y la pena máxima no excede los 4 años. En el caso de Colombia, se establece una pena de 15 años para quien tenga apología del genocidio.
“Los crímenes que no prescriben son aquellos que atentan contra los derechos humanos de los ciudadanos, siempre cometidos por el Estado y nunca por los ciudadanos, según el derecho internacional. Las penas son desproporcionales, en caso de prisión la pena máxima es de 18 años, pero por ´odiar´ puedes estar hasta 20 años en una cárcel”, profundizó.
Campo minado
Ejercer el periodismo plural en Venezuela cada vez se hace más cuesta arriba y Lanz recuerda que la Ley Contra el Odio también ataca la libertad de expresión. Revocatorias de concesiones, compra de medios por parte de empresarios afines al Gobierno, restricción para la asignación de papel periódico y acaparamiento de las frecuencias radiales son las máximas del Estado para sosegar el oficio.
Mostrando su solidaridad, sostuvo que los periodistas trabajan sobre un campo minado porque no hay recursos, son víctimas del ataque y del despido por no seguir líneas.
Rescata que internet se convierte en el espacio más idóneo para los venezolanos a fin de garantizar la diversidad de información y las interacciones con las audiencias, a pesar de que también intenten regularlo mediante multas.