Apertura de canal humanitario exigen magistrados exiliados

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Los magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) legítimo actualmente exiliados en Chile Ramón Pérez Linarez, José Fernando Núñez, Luis Manuel Marcano, Elenis del Valle Rodríguez Martínez, Zuleima González y Beatriz Ruiz divulgaron, ayer, la sentencia mediante la cual ordenan al Gobierno la apertura de un canal de ayuda humanitaria e instan a los organismos internacionales a “proceder a la intervención humanitaria” en caso de desacato del presidente Nicolás Maduro.

A partir de la solicitud hecha por el exministro consejero de la Misión Permanente de Venezuela ante la Organización de Naciones Unidas (ONU), Isaías Arturo Medina Mejías, y Enrique José Montañés, la Federación Interamericana de Abogados (FIA) capítulo Venezuela representada por los abogados Sergio Yibrin, Omaira Bendjoya y Octavio Tovar Chacín los magistrados acordaron exigir un canal humanitario para “paliar la dramática situación que atraviesan los venezolanos por la carencia absoluta de alimentos y medicinas”, según lo expone el comunicado enviado a los medios de comunicación.

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“Se le ordena al presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, velar por la protección de los derechos humanos en el marco de sus atribuciones y deberes constitucionales en general y en particular lo relativo a garantizar por igual, el derecho a la alimentación y la salud de todo el pueblo de Venezuela. En tal sentido, se le ordena el cabal cumplimiento del marco constitucional, los tratados, pactos y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela, así como la ley para instrumentar inmediatamente, sin dilación alguna y de forma prioritaria la gestión con los organismos internacionales y multilaterales para hacer efectivo la implementación de un canal de ayuda humanitaria para Venezuela y en caso de contumacia por parte de Nicolás Maduro Moros, que niegue a los venezolanos el derecho a la salud, alimentación y derecho a la vida se proceda sin dilación a una intervención humanitaria”, reza en el texto sobre la decisión del TSJ. Ordenan a la Fuerza Armada dar cumplimiento al mandato.

Los magistrados emplazan al Ejecutivo a que se concrete en un periodo de cinco días a partir de la publicación de la sentencia. Además, deben informar la resolución sobre las medidas adoptadas a la Sala Constitucional del TSJ legítimo, la AN, la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la Organización de Estados Americanos (OEA), Parlamento Europeo, Banco Mundial, Fondo Monetario Internacional, Mercosur, Unasur y al grupo de cancilleres que firman el acuerdo de Lima.

 

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