Decreto sobre el IVA trae incremento de trabajo administrativo

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El decreto Nº 3.085, de fecha 19 de septiembre, establece una reducción a la alícuota del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otorga una rebaja del 3% si la operación es hasta 2 millones de bolívares y del 5% si la operación es mayor. Esta reducción debió comenzar a aplicarse el 26 de septiembre.

Sólo es ajustable para transferencias bancarias, notas de débito y crédito (puntos de venta). Si el pago es en efectivo, con cheque o depositado, no opera la rebaja sino que permanece el IVA al 12%, igualmente si los pagos son combinados entre efectivo y débito, por ejemplo.

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El analista tributario, Aquiles Figueroa Zavala, manifiesta que trata de condiciones extremas para comerciantes, industriales y prestadores de servicio al momento de la facturación. Adecuarse a esta norma no es sencillo, explica el especialista que requiere horas de trabajo y múltiples diligencias. Hasta los momentos existen muchas dudas y controversias.

Principalmente, para la emisión de la factura, el vendedor debe tener la certeza de cómo va a pagar el cliente.

Figueroa explica que la experiencia de diciembre de 2016, con la reducción de la alícuota del IVA al 10% no es igual a este nuevo decreto de ley, porque en aquella oportunidad la medida fue sólo para personas naturales, en esta oportunidad también incluye a las personas jurídicas y no establece una  nueva alícuota sino una reducción sobre la que ya existe (12%).

-La alícuota continúa en el 12% con una rebaja del 3% y del 5% sobre la base imponible. Matemáticamente hablando, quedaría en 9% y 7%, pero ese 9 y 7 no se debe reflejar en la factura, porque la providencia 0048 del Seniat, emitida el 26 de septiembre lo prohíbe.

Es decir, la factura debe reflejar la base imponible, a la que se le debe sumar el IVA del 12% y se le debe rebajar el 3% o 5% según sea el caso, para obtener el neto que el cliente pagó. Además la factura debe especificar que la reducción es por el Decreto Nº 3085.

Todos los sistemas de facturación y máquinas fiscales deben ser adecuados, entiéndase, cajas registradoras, puntos de venta e impresora fiscal.

 

Problema con máquinas fiscales

Las máquinas fiscales fueron programadas para emitir electrónicamente el 12%, entonces los empresarios (comerciantes) deben comunicarse con el proveedor de la máquina o al fabricante para que adecúe a las nuevas directrices del Ejecutivo nacional.

En el caso de que las máquinas fiscales sean modelos anticuados y no tengan la capacidad para soportar los cambios, el comerciante tendrá que recurrir a la facturación manual.

Estas facturas manuales preimpresas deben provenir de imprentas legales y autorizadas por el Seniat.

Y aunque la emisión de facturas manuales, implica tiempo de espera en los clientes y más trabajo para el vendedor, deben ser transitorias porque el comerciante tiene la obligación de adecuar su máquina fiscal o cambiarla.

 

Sólo por este año

El decreto Nº 3085 forma parte de las decisiones económicas que el Gobierno nacional ha tomado dentro del marco del Estado de Excepción y Emergencia Económica en todo el territorio.

Teóricamente, con la reducción sobre la alícuota del IVA, se incentivan las transacciones electrónicas y se encubre la carencia de efectivo, que es un hecho público y notorio.

Estas rebajas tienen fecha de vencimiento, hasta el 31 de diciembre de 2017.

A menos que el Gobierno prorrogue esta providencia, pasados estos tres meses, el comerciante nuevamente tendrá que adecuar las máquinas para eliminar las medidas de reducción. El Portal del Seniat no ha especificado debidamente el proceso para la declaración de impuestos.

 

Ventajas y desventajas

El comprador tiene el derecho de exigir su rebaja del 3% o 5% si hace un pago con tarjeta de débito, crédito o transferencia electrónica.

-Definitivamente sí hay un beneficio para personas naturales porque el 12% no es soportable para una persona natural, ahora pagará un porcentaje menos, pero el perjuicio es para el fisco nacional porque la Nación dejará de percibir el tributo vanguardia que es el IVA, ahora va a percibir menos, es un sacrificio del fisco, pero no resuelve los problemas de inflación, esto continúa igual, indica Aquiles Figueroa.

 

Nuevas facturas son una utopía

En un recorrido que EL IMPULSO hizo por comercios de la avenida Vargas comprobó que los establecimientos todavía no se han adecuado a la nueva norma. En algunos comercios no se estaban emitiendo facturas ni haciendo la respectiva rebaja al consumidor, mientras que en otros establecimientos, las facturas muestran la alícuota del IVA en 9%, lo que está prohibido, como lo indicó el analista.

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