La Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los altos funcionarios de la Administración Pública, que fue derogada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, como estaba hecha no era buena porque establecía límites absurdos, considera el Dr. Manuel Rachadell, abogado constitucionalista y profesor universitario, al ser consultado por EL IMPULSO.
Como ejemplo citó el de un rector de cualquier universidad pública, ya que tienen un sueldo que se corresponda con sus responsabilidades.
Ademas esa ley era muy rígida, indicó, ya que cuando fue redactada y aprobada no existía el grave problema que hoy afecta a toda la población venezolana: la inflación.
En la sentencia 685, que fue dictada tras la demanda hecha por Neidy Rosal González, diputada regional del estado Carabobo, la Sala Constitucional hace referencia a que los ingresos percibidos por los funcionarios, debido precisamente al fenómeno inflacionario, disminuye la calidad de vida de los afectados.
Sin embargo, el Dr. Rachadell manifiesta que si en verdad la ley en cuestión no tomó en cuenta el proceso inflacionario, antes que tomar esa decisión, se ha debido hacer una nueva ley de emolumentos.
A tal fin han debido haberse celebrado consultas con especialistas en la materia, funcionarios de todos los niveles y, por supuesto, someterla a la consideración de la Asamblea Nacional, como debiera hacerse en una democracia. Sólo así se ha debido derogar la que se encontraba vigente.
-No existiendo en los momentos ley alguna que regule la forma de los sueldos de los funcionarios de alto nivel, ¿no existe la posibilidad de que los propios funcionarios, desde ministros hasta alcaldes, se pongan cantidades exorbitantes porque regirá el criterio de cada uno de ellos?
-Si bien facilita los aumentos de sueldos, no pueden hacerlo los funcionarios a su capricho. Deben tener una disponibilidad presupuestaria para llevar a cabo los incrementos. En lo inmediato no le veo gran peligro, pero si en el mediano plazo, sobre todo porque gente como los magistrados pueden presionar para que les aumenten y de igual forma los diputados a la Constituyente. Conviene recordar que quien establecía las limitaciones no era la ley, sino la Constitución. Pero, si no hay disponibilidad presupuestaria no puede haber aumentos, porque se incurriría en corrupción, delito que contempla penas.