Mediante el Decreto Presidencial N° 2.992, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.317 de fecha 19 de julio, se declaran Zonas de Protección Especial Temporal para la Garantía del Libre Ejercicio del Derecho al Voto, con ocasión de los comicios a efectuarse el día domingo 30 de julio de 2017, para la elección de los representantes a la Asamblea Nacional Constituyente.
El articulo 1° de la disposición establece: Se declaran Zonas de Protección Especial Temporal para la Garantía del Libre Ejercicio del Derecho al Voto, con ocasión de los comicios a efectuarse el día domingo 30 de julio de 2017, para la elección de las representantes y los representantes a la Asamblea Nacional Constituyente, las instalaciones afectas al servicio electoral que se mencionan a continuación:
.- Las que conforman la Oficina Principal del Consejo Nacional Electoral (CNE), ubicada en el Complejo Centro Simón Bolívar, en la ciudad de Caracas.
.- Las destinadas al funcionamiento de las Oficinas Regionales del Consejo Nacional Electoral (CNE) ubicadas en cada uno de los estados del país.
.- Aquellas donde funcionen las Juntas Electorales Municipales en cada municipio del país.
.- Los depósitos y almacenes de material electoral pertenecientes al Consejo Nacional Electoral (CNE).