«Ante las afirmaciones ofrecidas por el oficialismo sobre la ilegalidad de la consulta popular, insistimos en aclarar que no se trata de una manifestación meramente simbólica sino vinculante, y en consecuencia sus resultados son de obligatorio acatamiento por los poderes constituidos».
Esto expresó el coordinador del Frente para la Defensa de la Constitución y la Democracia, Jorge Rosell – está sustentado en el artículo 5 de la Constitución Nacional que establece: “La soberanía reside en el pueblo que la ejerce directamente en la forma prevista en la Constitución…”.
De igual manera es importante aclarar que la Asamblea Nacional basó su decisión en un claro mandato constitucional, además de que el numeral 4° del artículo 187 lo faculta para organizar y promover la participación ciudadana.
Igualmente debe aclararse que la Consulta Popular está expresamente prevista en el artículo 70 de la Constitución: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía…la consulta popular…”.
-También de manera expresa señala que estas decisiones “…serán de carácter vinculante”.
Por otra parte, explicó que la exclusión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de este proceso se debe a su manifiesta complicidad con el Ejecutivo Nacional, al convocar a una Asamblea Constituyente sin preguntarle al pueblo, lo cual viola flagrantemente el artículo 347 de la Constitución, que establece textualmente que debe ser el pueblo el convocante de tal actividad. Su delincuencial connivencia con el oficialismo hace del CNE un órgano deslegitimado para ser rector de procesos comiciales del país.
«Es evidente que el CNE con sus acciones ilegales contrarió expresos mandatos constitucionales, razón por la cual su rechazo está justificado conforme a disposiciones constitucionales».
Segun Rosell, cabe explicar también que la desobediencia civil que se activó en la ciudadanía conforme al artículo 350 de la Constitución que prevé que el pueblo de Venezuela “…desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías de la democracia…”.
«Hoy el pueblo de Venezuela triunfó ante el acoso del oficialismo y este resultado comicial de obligatorio acatamiento por los órganos estatales, según el artículo 70 de la Constitución, en primer lugar es un mandato que desconoce el proceso constituyentista ilegal convocado por el oficialismo, en segundo término ordena a la Fuerza Armada proteger al pueblo y rechazar los mandatos del Ejecutivo y, en forma determinante dictamina la renovación de los órganos del Estado a través de elecciones universales, directas y secretas», finalizó el abogado.