La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales y demás conceptos laborales interpuesta por el ciudadano Juan Carlos Montoya Hernández contra la sociedad mercantil Constructora Norberto Odebrecht, S.A.
Así lo indica la sentencia N° 591 con ponencia del magistrado Edgar Gavidia Rodríguez, que además declara con lugar el recurso de casación formalizado por el demandante contra la decisión dictada el 14 de abril de 2015 por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, sede San Juan de los Morros.
La Sala del Alto Tribunal del país ordenó el pago de los intereses moratorios de los conceptos condenados a pagar a la parte demandada, desde la fecha en que los mismos sean exigibles, vale decir, desde la finalización de la relación de trabajo hasta la oportunidad del pago efectivo.
Además, se condena a la demandada el pago de la corrección monetaria sobre las sumas ordenadas a pagar, cuyo monto se determinará mediante experticia complementaria del fallo, sobre la base del índice nacional de precios al consumidor conforme los boletines emitidos por el Banco Central de Venezuela, desde la notificación de la demanda, para los conceptos laborales acordados, hasta la fecha del pago efectivo excluyendo, únicamente el lapso en que el proceso haya estado suspendido por acuerdo de las partes, o paralizado por motivos no imputables a ellas.