La Red de Instituciones Larenses… ¡en acción! – Iniciativa

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Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Capitulo III. De la Asamblea Nacional Constituyente. Artículo 347: El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar al Estado crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.
Artículo 348:La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrá hacerla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros. La Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes, de sus integrantes, los Consejos Municipales en cabildos mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos, y el quince por ciento de los electores inscritos o electoras inscritas en el registro electoral.

Al expresar el artículo 347 que el pueblo es el depositario del poder constituyente “originario”, interpreto de la letra de nuestra Constitución Nacional, que es el pueblo quien puede dar origen a la realización de una Asamblea Nacional Constituyente y, siendo la iniciativa la acción de adelantarse a los demás en hablar u obrar, como cualidad personal que inclina a esta acción, no da una patente de corso para realizar una determinada operación, trabajo, labor, ejercicio, tarea, gestión, operación, etc., simplemente; se podría interpretar como lo que se define en argot futbolístico: “Jugar en posición adelantada.” Creo entonces que, es la acción de proponer la realización de una Asamblea Nacional Constituyente, pero que, dicha iniciativa, o propuesta, debe, “obligatoriamente” ser consultada con el pueblo, porque el legislador así lo estableció al darle el poder de ser el depositario del “Poder Constituyente Originario”.
No es un juego de palabras, se trata del respeto al espíritu, propósito y razón del legislador, al otorgar ese “Poder Originario al pueblo de Venezuela”,

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Supongo, que éste, es el motivo por el cual, los más destacados juristas venezolanos, han expresado, e insisten, en expresar que: “La realización de una Asamblea Constituyente en la forma como se pretende realizar… ¡Es inconstitucional!
De ser ciertas estas aseveraciones, entonces, cabría preguntarse:

¿Por qué la manipulación y la mentira? ¿A dónde se pretende llevar a la población venezolana? ¿Por qué y para qué se pretende transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y/o redactar una nueva Constitución? ¿Según el ex presidente Hugo Rafael Chávez Frías, la Constitución Nacional actual, es o no la mejor del mundo?

Estamos en el deber de defender nuestra actual Carta Magna apegados a ella misma. Sobre la constituyente propuesta se ciñen negros y dantescos nubarrones que la gran mayoría de los los ciudadanos no aceptamos, y la aprobación a su realización, solamente es entendible en las palabras del Libertador, Simón Bolívar: “Un pueblo ignorante es instrumento ciego de su propia destrucción.”
Porque ya se han conculcado muchos de nuestros derechos y esto se transforma en privativa de libertad y… destrucción de la democracia.

“La libertad es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos, con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra, ni el mar encubre; por la libertad así como por la honra, se puede y se debe aventurar la vida, y por el contrario, el cautiverio es el mayor mal que puede venir a los hombres”. Miguel de Cervantes y Saavedra.

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