Los cuatro decretos presidenciales referidos al aumento del salario mínimo, con el cual se beneficia a los trabajadores y trabajadoras del todo el país, elevándose el ingreso mínimo legal del sector laboral a 250 mil 531 bolívares, fueron publicados en la Gaceta Oficial N°. 41.185, con lo cual se oficializa la medida.
En efecto, los decretos 2.966, 2.967, 2.968 y 2.969 refieren el aumento del 50 % del salario mínimo obligatorio con entrada en vigencia a partir del 1º de julio; el ajuste a la base de cálculo del pago del cestaticket socialista de alimentación; el establecimiento de la Escala General de Sueldos para la Administración Pública; y el tabulador salarial para los obreros; tal como se detalla en Gaceta Extraordinaria número 6.313, de fecha 02 de julio de 2017.
El anuncio fue realizado el propio día domingo, por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro.
En esta oportunidad el jefe del Estado señaló que el salario mínimo y las pensiones, que se pagan con el mismo monto del salario mínimo, más el 30 por ciento extra del bono de la guerra económica, aumenta un 50 por ciento; y a partir del 1º de julio, que está en curso, llegará a 97 mil 531 bolívares y el bono de alimentación llega a 153 mil bolívares. El ingreso mínimo legal de los trabajadores llega a 250 mil 531 bolívares.