Este viernes los alcaldes de Iribarren y Palavecino acompañados de la sociedad civil, gremios y partidos políticos se concentraron en la Plaza de la Justicia en Barquisimeto para rechazar la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que los obliga a suprimir las barricadas que los ciudadanos hagan en sus jurisdicciones.
El Alcalde de Palavecino, José Barreras, dijo que como alcalde entiende el derecho a libre transito y también entiende el derecho que tienen los palavecinenses a protestar. Barreras dijo que también entendía el derecho a la alimentación y la salud, que también motivan a los venezolanos a protestar.
“La responsabilidad de la protesta en la calle la tiene el gobierno porque no soluciona los problemas del pueblo”, dijo Barreras.
Por su parte el alcalde de Iribarren, Alfredo Ramos dijo que seguirán en la calle porque el pueblo tiene urgencia de cambio.
“Yo sé cuáles son mis deberes como alcalde y también sé lo que tengo que hacer como ciudadano”, dijo el alcalde de Iribarren.
Alfredo Ramos instó a la población a no abandonar la lucha porque “está próxima a conseguir una victoria”.
Ramos dijo tener información sobre el proceso de Asamblea Nacional Constituyente (ANC) propuesto por el presidente Nicolás Maduro. “Tengo información que se. Está evaluando suspender la ANC. Maduro solo se sostiene por la cúpula militar. Solo eso los sostiene”.
Las sentencias N° 400 y 401 publicadas este jueves señalan, que además acordaron los amparos cautelares solicitados, que ordenan a los alcaldes realizar todas las acciones y utilizar los recursos materiales y humanos necesarios, en el marco de la Constitución y la ley, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos, además, proceder a la inmediata remoción de tales obstáculos y mantener las vías y zonas adyacentes a éstas libres de barricadas.
La Sala también ordena a los alcaldes cumplir con su labor de ordenamiento del tránsito de vehículos para garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas y ejercer la protección de los vecinos y habitantes de los municipios, impidiendo reuniones en las vías públicas que coarten el libre tránsito y en las que se consuman bebidas alcohólicas y sustancias psicotrópicas y estupefacientes; garantizar la protección a los niños, niñas y adolescentes para que ejerzan plenamente sus derechos y garantías de conformidad con lo establecido en el Texto Fundamental, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.