Consejo Consultivo de Barquisimeto rechaza propuesta Constituyente de Maduro (Comunicado)

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El Consejo Consultivo de Barquisimeto fijó posición sobre la propuesta de Asamblea Nacional Constituyente hecha por el Presidente de la República, Nicolás Maduro y que ha sido objeto de fuertes críticas de sectores que hacen vida en el país y rechazo de casi el 80% de la población, tal y como lo señaló esta semana un sondeo de opinión.

En este sentido, el órgano deja claro su posición de rechazo ante el planteamiento de Miraflores, pues consideran que se trata de una clara violación a la Carta Magna de 1999, y señalan que se trata de un acto «inconstitucional y violatorio».

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Aquí le dejamos la misiva:

Pronunciamiento del Consejo Consultivo de la ciudad de Barquisimeto ante la convocatoria del presidente Nicolás Maduro a una Asamblea Nacional Constituyente y sus peligros frente a la institucionalidad democrática y constitucional

 

El Consejo Consultivo de la Ciudad de Barquisimeto (CCCB) se reunió en Plenaria Extraordinaria el 7 de Mayo de 2017, de conformidad con lo previsto en su normativa interna y bajo el quórum reglamentario.

Cumpliendo con el orden del día propuesto se inició la deliberación con las ponencias presentadas por los consejeros-abogados Nelly Cuenca de Ramírez, Jairo García, Emilio Urbina Mendoza y Julio Alejandro Pérez Graterol sobre los aspectos fundamentales de forma y fondo propuestos en el Decreto Presidencial nº 2.830 de fecha 01-05-2017 que convocó a la realización de una Asamblea Nacional Constituyente.

Tras escuchar las exposiciones de los ponentes antes señalados, se procedió a deliberación en mesas de trabajo. Finalizada la misma, se dio lectura a las propuestas y demás conclusiones emitidas por las mesas de trabajo constituidas para tal fin, las cuales dan lugar al siguiente pronunciamiento.

El Consejo Consultivo de la Ciudad de Barquisimeto manifiesta ante el Municipio Iribarren, la ciudadanía, entes, gremios y todos los sectores que democráticamente hacen vida dentro de la jurisdicción:

  1. El Decreto presidencial nº 2.830 de fecha 01.05.2017, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, extraordinario, número 6.295 de la misma fecha, convocó de manera írrita, como acto de fuerza inconstitucional, la celebración de una Asamblea Nacional Constituyente (ANC). En las causales del Decreto, se esgrimen móviles relativos a la obtención de una paz duradera para la República, obviándose que precisamente ha sido el crecimiento de la anarquía, ingobernabilidad, intolerancia y el manejo deficiente del sistema económico nacional el que ha creado de forma paulatina, las actuales condiciones de déficits democráticos, institucionales y de evidente polarización que propugna discriminación entre miembros de una misma ciudadanía.
  2. El Gobierno Nacional, desde hace varios ejercicios fiscales, ha venido aplicando una política económica irresponsable, incapaz de hacer frente a las exigencias reales de la población. Tampoco ha logrado cohesionar medidas sistemáticas que favorezcan la mitigación y erradicación de la pobreza en Venezuela, la cual, según los más respetados indicadores la sitúan cercana al 80% de la población total del país. Este incremento en los índices de pobreza atizan la ansiedad y depresión en la población, aumentando la emigración del capital humano más cualificado del país. Situación ésta que no se resuelve con una Asamblea Nacional Constituyente.
  3. La propuesta constituyente del Presidente de la República, amén de no adecuarse a los parámetros materiales previstos en el artículo 347 de la Constitución de 1999, ha incluido mecanismos de elección que no se encuentran ni en la tradición democrática venezolana desde 1947, ni mucho menos en el contenido de las normas constitucionales vigentes. Dichos mecanismos, según el Decreto, responden a los denominados «Ámbitos Sectoriales», que según el propio Presidente estarían comprendidos en nueve (09) ámbitos, donde sobresale el modelo comunal introducido en la década pasada, lo cual desestima y desaparece al sufragio universal, libre, directo y secreto, único que se aproxima a la más acabada expresión de la voluntad ciudadana.
  4. El procedimiento propugnado por el Decreto Presidencial es inconstitucional y violatorio de la normativa constitucional de 1999, al ser convocada la ANC de forma unipersonal, trastocando al único con iniciativa para su llamamiento que es el pueblo de Venezuela, único Poder onstituyente originario.
  5. Ante una potencial materialización de una ANC contraria a todos los principios constitucionales, el poder local y las competencias municipales contempladas en el texto constitucional de 1999 serían objeto de un redimensionamiento hasta hacerlo nugatorio. La posible erosión del Municipio frente al ámbito comunal bautizado por el oficialismo como «Poder Popular», encontraría en la ANC un caldo fértil para su proliferación, hiriendo así de muerte al Municipio venezolano y la experiencia descentralizadora como mecanismo de democratización del poder político en Venezuela.

Por las consideraciones antes expuestas, el CCCB, como ente que busca expresar la pluralidad de la sociedad civil, siendo instancia de construcción de ciudadanía y corresponsable en la defensa de la institucionalidad democrática y la paz, debe ser mediador y facilitador de procesos sociales en beneficio de la colectividad barquisimetana y, como tal, debe pronunciarse siempre en defensa de la paz, la institucionalidad y la democracia.

A tal efecto

PROPONE

Primero: Manifestar nuestro rechazo ante el procedimiento seguido por la ilegítima e inconstitucional convocatoria de una ANC por parte del Presidente de la República, que le quita al pueblo su derecho a la participación protagónica en la más grande decisión de darse un texto o pacto constitucional, pues ignora que  es el pueblo, como titular del Poder Constituyente originario, el que puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.

Segundo: Alertar a la ciudadanía sobre los peligros y amenazas de esta iniciativa de ANC que ignora que el poder constituyente reside en el pueblo y que desaparece al sufragio universal, libre, directo y secreto, único que se aproxima a la más acabada expresión de la voluntad ciudadana.

Tercero: Hacer del conocimiento de los ciudadanos los efectos nocivos que esta iniciativa de ANC pudiera generar sobre el poder local y las competencias municipales contempladas en el texto constitucional de vigente.

Cuarto: Promover la articulación de esfuerzos que permitan informar, nuclear, divulgar y construir iniciativas para el restablecimiento del orden constitucional, la paz ciudadana y la obligada institucionalidad que facilite un clima político de respeto al diálogo y reconocimiento del otro. La acción que se acometa tendrá como objetivos: 1) Empalmar los esfuerzos dispersos, con vocación incluyente, desarrollados por entes y organizaciones para la defensa de derechos fundamentales a nivel municipal y estadal, relativos a la divulgación de información sobre el papel de una Asamblea Nacional Constituyente apegada a la Constitución de 1999. 2) Generar conocimiento para el soporte teórico de las actividades desarrolladas por las organizaciones sociales y de DDHH, en asuntos como manejo de información, atención a las víctimas en casos de excesos en la represión y los procesos de mediación. 3) Promover y difundir la narrativa de la paz, facilitando la construcción de modelos de paz, donde los sectores debatirían sobre el carácter de la constituyente promovida por el Ejecutivo Nacional, a espaldas de la constituyente originaria.

4) Difundir las amenazas que representa el Decreto Presidencial nº 2.830 en su propósito de minimizar al sufragio universal, directo y secreto en Venezuela.

Este Consejo Consultivo y todos sus miembros, se encuentra a la total disposición de las autoridades ejecutivas, legislativas y contraloras del Municipio Iribarren, a los efectos de prestar toda la asistencia técnica necesaria para difundir los alcances del Decreto Presidencial convocando la Asamblea Nacional Constituyente.

Barquisimeto, a los 18 días del mes de Mayo de 2017.

Por el Consejo Consultivo de la Ciudad de Barquisimeto

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