El pueblo soberano que debe participar en una Asamblea Constituyente es el que está inscrito en el Registro Electoral, afirma la Dra. Sobella Mejías, ex rectora del Consejo Nacional Electoral.
Es cierto que la iniciativa para ese proceso puede ser del Presidente de la República, pero también lo tiene, según la Constitución vigente, las dos terceras partes de la Asamblea Nacional, el 15 por ciento de la población electoral registrada y los concejos en cabildo.
El artículo 347 establece que el pueblo soberano es depositario del poder originario, que es el constituyente. De igual forma tenemos que remitirnos al artículo 5 del texto constitucional, porque dice que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien ejerce la participación de manera directa o por intermedio del sufragio. Cuando elegimos diputados a la Asamblea Nacional, el soberano transfiere el poder a ese poder para que legisle y controle a las instituciones. Es por ello que el Poder Legislativo y el del Presidente de la República tienen legitimidad de origen.
Cuando el Presidente dijo “convoco” comete un fraude por cuanto especificó que los convocados son, entre otros, las comunas, los consejos comunales y los Claps, ya que estos son grupos que no existen en la Constitución.
Cuando en el 2007 se sometió a la consideración del pueblo soberano la reforma del texto constitucional, para cambiar el Estado democrático por uno socialista, hubo un gran rechazo a la propuesta.
Y nuestros principios constitucionales están resguardados por el artículo 350, que le confiere rol protagónico al pueblo en lo político de manera directa.
Una forma de protestar es cuando el Gobierno se sale de su cauce y así lo garantiza ese artículo ya mencionado.
Si el problema que está planteado es resolver una crisis, que es lo que está pidiendo la gente cuando ha salido a la calle de manera pacífica y constitucional, la salida tiene que ser electoral, porque ese es el derecho que está reclamando.
Sin embargo, la solución que estaba en el referendo revocatorio, fue aplazada indefinidamente por el Consejo Nacional Electoral.
Para que pueda haber una Constituyente tiene que haber, primero, un referendo consultivo para preguntarle al pueblo si está interesado en que haya una nueva Constitución. Y segundo, cuál es el objetivo de esa Asamblea Nacional Constituyente. No es para resolver problemas de hambre, salud, producción, causadas por este Gobierno.