¿Quién los protege entre los 18 y los 25?

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Mayores de edad, recién estrenando su condición son engañados y deformados, para propósitos indignos que destruyen y deforman su personalidad.

Ya decían los romanos, no son los nacimientos los que hacen a la madre de familia, sino sus buenas costumbres. Ahora, esas buenas costumbres que inicialmente dependen de los padres, deben ser interés del Estado y de la Sociedad, sobre todo si con ellas se garantiza la protección de la familia y especialmente de los hijos que tanto nos duele verlos autodestruirse con la connivencia de gente perversa, bajo la excusa de ser mayores de edad.
Tratar a los menores de 25 años como niños y adolescentes cuando de su protección se trata y cuando de la captura y enjuiciamiento de criminales amparados en la excusa de la mayoridad de sus víctimas, sodomizan a la juventud, la envilecen, la prostituyen, la alcoholizan y en fin se las ingenian de tal forma para succionarles la lozanía y la ternura para satisfacer aberraciones e intereses delincuenciales. De tal suerte que todo el peso de la ley y el rigor de las normas penales, les sea aplicado sin miramientos y consentimientos.

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La LOPNA establece una obligación para con los padres, la cual consiste en garantizarles sustento y manutención a los hijos hasta los 25 años de edad, si aun no se han casado y están estudiando. Pues bien, hago un llamado a nuestros legisladores para que en consonancia con esa disposición en situaciones como las que prevé la LOPNA para la protección de los niños, niñas y adolescentes, se coloque en manos de los padres y de la sociedad en general una herramienta de jurisdicción penal, en protección a la familia, en contra de quienes consientan, promueven, incentiven, procuren, coadyuven, colaboren, amparen, encubran y de cualquier modo participen en la “destrucción” de nuestros jóvenes, utilizando para sus aberrantes propósitos la excusa de que ellos son mayores de edad y bajo esta premisa, siendo entonces nuestros hijos dueños de sus actos, otros malintencionadamente se escudan en esa condición para manipularlos y arrancarles los sueños y las ilusiones, sin cuya influencia perniciosa podrían alcanzar en la expectativa de modo y tiempo que normalmente se espera y se aspira.

De tal forma que, sustentados en la filosofía que inspira esa disposición, se prevea una extensión de protección para los hijos, en el lapso comprendido entre la recién adquirida mayoría de edad y hasta tanto no cumplan los 25 años. Por cuanto, si no obstante ser mayores de edad, la ley obliga a los padres para con los hijos bajo esas previsiones, en prevención a quienes no quisieran hacerlo espontáneamente por amor; de igual manera la ley debiera garantizarles a los padres, a los propios hijos y a la sociedad en general que nadie esgrimiendo como defensa la mayoría de edad de ellos, destruya lo que se quiere proteger. Dicho de otro modo, la ley debiera garantizar su propia filosofía más allá de la obligación de manutención y alimentación, sino que en el interés no solo de la formación académica y de no carecer de sustento material, el resguardo moral y psicológico entre otros por ejemplo, no quede por fuera.

Porque es realmente absurdo que si la ley protege a los hijos entre los 18 y los 25 años de edad bajo los supuestos de hecho expuestos , entonces los deje a la deriva y vulnerables a la parte insana y malévola de la escoria social que les mutila el alma, la decencia, los sueños , y les desgracia la vida. Entonces la obligación a manera del período de gracia de las pólizas de seguro, debería asegurarles protección contra la ruindad y la maldad social. ¿Porque, como se protege a quien se cree que la mayoría de edad lo hace un hombre o una mujer de criterios maduros cuando realmente están siendo manipulados, por delincuentes que disfrazados de gente decente asesina la personalidad sana de nuestros hijos?

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