Entre el pago responsable y el justo goce de los servicios. La opinión pública larense ha criticado los constantes incrementos en las facturas de aseo y agua potable, a lo que las empresas prestadoras han alegado que dichos ajustes resultan del proceso inflacionario venezolano.
Los insumos empleados por las empresas aumentan mes a mes, sumado a que en materia laboral, quizás a una velocidad no tan acelerada, también se amplían las partidas correspondientes a recursos humanos, entre estas la salarial y para el beneficio del ticket de alimentación.
Los apartados correspondientes a inversión y maquinaria, son trastocados, ya que la mayoría de equipos empleados en el proceso cuentan con un alto componente importado, como es el caso de un motor. Con las divisas de por medio, el agregado en sus precios es cada vez mayor.
Al sumar estos elementos, se tiene entonces que los costos de producción aumentan con frecuencia. Pero, ¿se justifica que los incrementos se apliquen cada vez con mayor periodicidad, impactando las finanzas de los usuarios y ampliando los costos de actividades como la industria y comercio?
En cuanto al coste de aseo urbano en Iribarren, Giorgio Reni Casas, presidente de la Cámara de Industriales de Lara, apuntó que si hubiese un servicio más eficiente, con base en las tarifas actuales, no habría malestar, sin embargo, algunos industriales pagan la factura, pero no reciben el servicio. Para atender la deficiencia contratan a un tercero, lo cual incrementa sus costos.
Por su parte Juan Pablo Pérez, directivo de la Cámara de Comercio de Lara, expresó que las deficiencias de la prestación del servicio de la hidrológica perjudican sus procesos, lo que provoca pérdidas.
Advirtió que los sectores demandan un flujo constante de agua, ya que de no ser así se incrementan sus facturas, puesto que el consumo se abastece a través de cisternas, lo que repercute de forma directa en la estructura de costos, valor que se traslada al precio cancelado por el consumidor final.
¿Se justifican los incrementos?
Al respecto, el abogado Julio Pérez Graterol, director de Fundación Universitas y asesor de empresas públicas y privadas, explicó que la regulación actual permite que los precios sean ajustados periódicamente, en la medida en que incrementen los costos.
Esto ocurre por el mismo mandato de la Ley de Precios Justos, Providencia Nº 003 y 070 de la Superintendencia de Precios Justos (Sundde), documentos que permiten que las estructuras de costo se ajusten habitualmente.
Los aumentos, subrayó el abogado, se inscriben dentro de índices macroeconómicos, también distorsionados por la liquidez de dinero inorgánico circulante en el mercado, que presiona a que los pocos bienes y servicios disponibles se muevan entre la masa monetario; por lo que los actuales indicadores son consecuencia de la mala administración pública.
En este sentido, se refirió a las consecuencias del congelamiento en los precios, ya que de no hacer ajustes progresivos, las empresas caen en un proceso de descapitalización continua, lo cual también resulta inconstitucional, incluso por el reconocimiento del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ya que es un error que los actores económicos vendan a pérdida.
Para hacer referencia a dicho contenido, citó el artículo 113 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), referido a la libertad económica. También mencionó par de sentencias de la Sala Constitucional de 2003, donde se dijo que es admisible que el Estado regule los precios de bienes y servicios, pero esto nunca puede implicar que la comercialización represente pérdidas.
El enfriamiento de precios, en medio de una inflación estimada del 50 % intermensual ocasiona daños.
Cálculo de las tarifas de agua
Sobre el cálculo de las tarifas del agua, el director de Fundación Universitas apuntó que la Hidrológica Venezolana (Hidroven), presenta una serie de normas al respecto, a las cuales se ha apegado la Hidrológica de Lara (Hidrolara).
Entre varios parámetros establece que se deben tomar en cuenta costos de productos químicos, electricidad, maquinarias e inversión. Conforme a las políticas de Hidroven, han procedido entonces a realizar los ajustes en la tarifa de agua.
Destacó que la Ley de la Prestación del Servicio de Agua establece que los operadores del servicio, deben definir en sus estructuras de costos, no sólo por materiales y químicos, sino también futuras inversiones para ampliación y mantenimiento de la red de acueductos.
Entonces, de no cancelarse el verdadero costo de los servicios, la realización de nuevas inversiones se hace cuesta arriba, lo que redunda en actividades que no son sustentables en el tiempo.
Se preguntó de qué sirve gozar de un servicio barato, si mañana no se podrá disfrutar por falta de la inversión necesaria que garantice la sustentabilidad del mismo.
El aseo y sus incrementos
Respecto a las tarifas estipuladas por el Instituto Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario de Barquisimeto (Imaubar), el abogado expresó que las mismas son reguladas por la Ley de Gestión Integral de la Basura, que establece competencias para que los municipios definan el sistema de tarifas. Las mismas deben estar sometidas a la regulación que establece la Ley de Precios Justos, a diferencia del agua, para la cual no hay regulación específica.
Sobre la periodicidad de esos incrementos, explicó que la misma legislación, permite que se ajusten en la medida que aumenten costos de insumos, maquinarias y salarios, entre otros elementos que afecten la estructura de costos.
En los casos específicos como Imaubar, pueden también consultar a las operadoras, acerca de cómo varían sus estructuras de costos, para realizar ajustes en función de dichos datos.
Sobre la denuncia de pequeños comercios, por el presunto cobro desmedido en las facturas, Juan Pablo Pérez indicó que la alcaldía debe sectorizarlas no sólo por ubicación y tamaño, sino también por tipo de actividad ejecutada, ya que no todas generan la misma cantidad de desechos.
No obstante, reconoció la disposición mostrada por la entidad municipal para atender y estudiar las quejas del sector, a fin de sincerar los precios.
Sobre si este proceso podría volver onerosas las tarifas, indicó que dicha característica se ha hecho cada vez más recurrente en la economía actual, sin embargo, el ejecutivo local debe ser lo más trasparente posible en la estructuración de sus costos.
El servicio más caro…
Sobre cómo la calidad en la prestación de los servicios ha afectado los sectores productivos de Lara, Pérez Graterol indicó que “el servicio más costoso es el que no se recibe”. Citó como ejemplo la actual problemática de la gasolina, que se traduce en pérdida de horas hombre de trabajo y otros daños.
A esto agregó que el costo más alto es del servicio eléctrico con el cual no se cuenta, lo que impide activar nuevas líneas de producción.
Al consultarle si los sectores económicos gozan de herramientas para exigir la prestación de un mejor servicio, puesto que esto afecta sus actividades, expresó que la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 2009, prevé mecanismos para solicitar a los prestadores de servicio en incumplimiento, que ajusten sus procesos según lo previsto o lo requerido.
Sin embargo, recordó que numerosos usuarios, personas naturales y jurídicas, han presentado quejas por la mala prestación de servicios públicos nacionales como la electricidad, gas y gasolina, pero estas no han sido tomados en cuenta por los Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a diferencia de los reclamos realizados contra organismos estadales y municipales no oficiales, lo que calificó como “una particular eficiencia”.
La intromisión política en la prestación de los servicios es para los sectores un “angustioso mal”, que les genera improductividad.