El gobierno a través del Ministerio del Trabajo, ordenó la ocupación inmediata de la empresa “Thomas Greg & Son de Venezuela”, de acuerdo con la Resolución N° 126, publicada en la Gaceta Oficial N° 41.107 de fecha 6 de marzo del 2017.
De acuerdo con la disposición, la decisión se toma luego del “cierre ilegal de dicha entidad”, una vez realizadas las correspondientes inspecciones por parte de la Inspectoría del Trabajo en fecha 23 de febrero de 2017, explicando que luego de ser verificado lo denunciado por los trabajadores y trabajadoras de la empresa el 3 de marzo de 2017, la Inspectoría del Trabajo dictó la Providencia Administrativa NC 00197 mediante la cual ordenó el reinicio inmediato de las actividades productivas de la entidad de trabajo Thomas Greg & Son de Venezuela.
La empresa alegó que resulta materialmente imposible reanudar las actividades productivas; sin embargo, los trabajadores argumentaron que el alegato de la empresa no era real; asimismo vista la negativa y rechazo por parte de la organización empresarial y de sus representantes, los trabajadores solicitaron al Ministro del Trabajo que ordenara la ocupación temporal de la empresa.
Asimismo, habiéndose agotado el procedimiento de protección del proceso social de trabajo, y no alcanzado el fin del legislador, en cuanto a la normalización de las actividades productivas de los bienes y la efectiva satisfacción de los derechos de los trabajadores y trabajadoras de la empresa, el gobierno ordenó la ocupación.
Junta Administradora
La empresa Thomas Greg & Son de Venezuela, CHA, será dirigida por una Junta Administradora Especial, integrada por dos representantes de los trabajadores y uno de los patronos, estando obligados a garantizar el funcionamiento de la entidad de trabajo y la preservación de los puestos de trabajo.
Integran la junta: Por los trabajadores y trabajadoras, Yánez Abreu, quien la presidirá y Katiuska Pérez y en representación del patrono, Alexandra Crespo.
La Junta Administradora Especial tendrá vigencia de un año, contado a partir de la fecha de la presente resolución, prorrogable por un periodo igual.
La compañía se dedica a la impresión de documentos de seguridad como cheques, bonos, tarjetas de crédito y débito, timbres fiscales, pasaportes, cédulas y tickets estudiantiles.