Los ciudadanos venezolanos que se encuentren en el extranjero, no están exentos de declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISLR), puesto que para la legislación tributaria nacional todo venezolano, salvo que pruebe lo contrario, es considerado residente fiscal y, en consecuencia, debe cumplir con su declaración definitiva de rentas en el plazo establecido, es decir antes del 31 de marzo, advierte el Seniat.
El Superintendente, José David Cabello Rondón, aclaró que de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre la Renta (ISLR) “…Las personas naturales o jurídicas no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela estarán sujetas al impuesto establecido en esta ley siempre que la fuente o la causa de sus enriquecimientos esté u ocurra dentro del país, aun cuando no tengan establecimiento permanente o base fija en la República Bolivariana de Venezuela…”
Así mismo, resaltó que se considerarán domiciliados en la República Bolivariana de Venezuela para efectos tributarios, los venezolanos que desempeñen en el exterior funciones de representación o cargos oficiales de la República, de los estados, de los municipios o de las entidades funcionalmente descentralizadas, y que perciban remuneración de cualquiera de estos entes públicos.
En el caso contrario, si un ciudadano extranjero, con residencia fiscal de otra nación y con base fija o no en el país, que obtenga enriquecimientos gravables en Venezuela, tendrá que tributar por esa renta, manifestó Cabello Rondón.