Una delegación de atribuciones y firmas de actos públicos de amplio alcance a cargo del Vicepresidente Ejecutivo, acordó el Presidente de la República, Nicolás Maduro Moros, de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 2695 publicado en la Gaceta Oficial N°. 41.082 de fecha 25 de enero de 2016.
La disposición faculta al vicepresidente Tarek El Aissami para realizar Traspasos Presupuestarios de los Ministerios, que de acuerdo con el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Financiera, corresponda conocer al Presidente de la República. Asimismo, dictar los Decretos mediante los cuales se acuerda la rectificación de los Presupuestos de Egresos de los Ministerios; prorrogar la supresión o liquidación de entidades estatales, designar viceministros, dictar decretos de expropiación, liquidar entes descentralizados, aprobar puntos de cuenta ministeriales y o dictar decretos autorizados previamente por el primer mandatario.
Asimismo, esta nueva normativa establece que el funcionario podrá probar jubilaciones especiales, responder a puntos de cuenta de entes descentralizados, declarar la insubsistencia de presupuestos ministeriales y exonerar parcialmente el Impuesto al Valor Agregado o el Impuesto sobre la Renta.
El Presidente se reserva el uso de las atribuciones antes mencionadas cuando lo considere, y que el Vicepresidente deberá rendir cuentas de las actuaciones que realice bajo el amparo del decreto 2.695, a través del cual se le habilita.
En los actos que firme el funcionario delegado en ejecución de este Decreto, se hará constar el número del mismo y los datos de la publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.