El cabildo de Iribarren renovó su junta directiva para el ejercicio fiscal 2017, resultando electos los concejales Teresa Linárez, Esther Camacho y Jesús Superlano para la presidencia, primera vicepresidencia y segunda vicepresidencia, respectivamente, todos de la bancada oficialista.
Aunque la sesión se pautó para las 10 de la mañana inició a las 11:15 del día.
El concejal José Luis Ramos, presidente saliente, postuló a Linárez, mientras que Oly Mendoza, por la fracción de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), postuló al concejal Ibrahim Querales.
Al someter las candidaturas a votación resultó electa Linárez con ocho votos, mientras que Querales alcanzó cinco votos.
La fórmula se repitió a la hora de elegir a los vicepresidentes. Martha de Leal postuló en este caso a Esther Camacho y Omar Jiménez a Oly Mendoza. Para la elección del segundo vicepresidente el concejal Francisco Carmona postuló al edil Jesús Superlano.
Camacho declaró que como primera vicepresidenta del Concejo Bolivariano de Iribarren es una gran responsabilidad asumir el cargo.
-Estamos comprometidas con el pueblo, tanto Teresa Linárez como yo. Es una responsabilidad no solo para mí y mi familia si no con el municipio Iribarren.
Indicó que espera trabajar para el pueblo y ofrecer respuestas concretas y oportunas a los ciudadanos de Iribarren.
Destacó como tareas pendientes las ordenanzas por tanto que se está en mora con el municipio.
Prometió impulsar la ordenanza de Servicios Funerarios y Cementerios Municipales.
Pendientes
Una de las tareas pendientes del cabildo de Iribarren son las ordenanzas, al menos 20, están por discutirse y ser sancionadas.
Una ordenanza, según el artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, son los actos que sanciona el Concejo Municipal para establecer normas con carácter de ley municipal, de aplicación general sobre asuntos específicos de interés local.
Las ordenanzas recibirán por lo menos dos discusiones y en días diferentes, deberán ser promulgadas por el alcalde y ser publicadas en la Gaceta Municipal o Distrital, según el caso, y prever, de conformidad con la ley o si lo ameritare la naturaleza de su objeto, la vacatio legis a partir de su publicación.
Son deberes del Concejo Municipal (artículo 95) sancionar los proyectos de ordenanzas, incluida la relativa a su Reglamento Interior y de Debates, a fin de sancionar las reglas de orden aplicables a sus deliberaciones.