El decreto emitido por el presidente Nicolás Maduro, por medio del cual ordenó el retiro de los billetes de 100 bolívares en un lapso de 72 horas, contiene vicios que afectan su validez.
Un análisis de la decisión, realizado por la organización de derechos humanos Acceso a la Justicia, llegó a la conclusión de que el acto administrativo «viola las normas y principios básicos de seguridad jurídica y Estado de derecho en un país», al no estar sustentada en hechos ni ley alguna.
«Los motivos expresados en los cinco considerandos del Decreto N° 29 no atienden a fundamentos objetivos ni jurídicos, y tampoco esta medida se encuadra en norma jurídica alguna, salvo por el decreto de estado de excepción prorrogado mediante decreto y avalado por la Sala Constitucional», expresó la ong.
La afirmación se refiere al texto publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.275 de fecha 11 de diciembre, que contuvo la noticia ya anunciada por Maduro el mismo día. De acuerdo con el texto, la medida presidencial se fundamenta en señalamientos como que “un sector inescrupuloso enemigo de la Patria (…) ha emprendido un fuerte ataque a la moneda venezolana, aplicando métodos ilegales de acaparamiento y extracción del país del papel moneda del curso legal, guerra económica, distorsión cambiaria e inflación inducida”.
También se alega que la “oposición nacional e internacional nuevamente arremeten contra Nuestro Pueblo, tratando de dejarlo sin papel moneda», y por esta razón «el Estado tiene el deber de asegurar a la población venezolana el disfrute de sus Derechos Económicos y libre acceso a los bienes y servicio…”.
Al respecto, «Acceso a la Justicia debe advertir que todo acto del Poder Público debe estar fundamentado en una norma jurídica y en razones de hecho válidas y claras, no en discursos ideológicos. Emitir actos que carezcan de circunstancias de hecho y de derecho, por ser estas las que deben condicionar la validez de las decisiones del gobierno y, por ende, la causa que justifica el ejercicio de la potestad de actuar del Estado, significa propiciar la arbitrariedad y, en definitiva, la vulneración de los derechos fundamentales».
Además subraya la organización que «lo paradójico es que justo lo que el gobierno dice que va a proteger con esa medida, al mejor estilo orweliano, es lo que viola: “el disfrute de sus derechos económicos y libre acceso a los bienes y servicio”.
De igual forma, Acceso a la Justicia advirtió que el Decreto N° 29 «tiene un vicio que afecta su validez pues no está claro por qué el presidente adopta esa medida, además que no especifica la norma jurídica que le otorga la competencia para retirar de circulación los billetes de 100 bolívares, ni mucho menos imponer a la población venezolana la obligación de depositarlos o canjearlos en 72 horas».