Todas las personas naturales que declararon y pagaron el Impuesto Sobre la Renta (ISLR) correspondiente al año 2015, antes del Decreto de exoneración del ISLR Nro. 2266, hasta el 31 de diciembre tienen oportunidad de presentar la declaración sustitutiva para gozar del beneficio del crédito fiscal, cuando éste aplique.
Este llamado lo hace el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), a las personas que hicieron su declaración y pago en base a un piso de mil (1.000) Unidades Tributarias (UT) exoneradas, monto que se elevó a 3 mil UT luego de la publicación del decreto en la Gaceta Oficial Nro. 40.865 del 09 de marzo de 2016. Estos contribuyentes deben hacer una declaración sustitutiva a través del Portal Fiscal (www.seniat.gob.ve), exonerar las 3 mil UT (equivalente a 450 mil bolívares) para que el sistema genere un crédito fiscal.
Advierte el Seniat, que quienes no realicen la declaración antes del 31 de diciembre de 2016, pierden este beneficio otorgado por el Gobierno Bolivariano para proteger a la clase trabajadora.
Para mayor información u orientación técnica, los contribuyentes pueden comunicarse a través de la línea telefónica 08000-SENIAT (08000-736428), por las cuentas en Twitter @SENIAT_Oficial y @jdavidcabello, o acudir a cualquiera de las sedes de Tributos Internos ubicadas a lo largo y ancho del territorio nacional.
Con estas actuaciones, el Seniat ratifica su compromiso con el bienestar de la nación y el patrimonio de los venezolanos.