A unísono, tribunales penales de los estados Aragua, Carabobo, Bolívar, Anzoátegui y Apure, emitieron decisiones que “dejan sin efecto” el proceso de recolección del 1% del padrón electoral para activar el referendo revocatorio, que completó la Unidad en esos estados en abril de este año.
La información la fueron dando a conocer a través de Twitter los gobernadores de esas entidades a lo largo de la tarde y noche de este jueves, sin que hasta el momento se conozca el texto de las respectivas decisiones.
“No habrá referendo y apegados a la Constitución, no permitiremos que traten de engañar nuevamente a nuestro Pueblo”, escribió el mandatario de Bolívar, Francisco Rangel Silva. El gobernador de Aragua, Tarek El Aissami, fue el primero en anunciar el acto judicial dictado en su estado. “Admitida nuestra denuncia contra el FRAUDE perpetrado por la MUD. Se anula el proceso y se ordena cumplir con la Constitución!!”, escribió.
Francisco Ameliach, por su parte aseguró que la decisión tomada en Carabobo obedece a que “más de 62 mil 688 firmas en Carabobo fueron fraudulentas, esto representa el 31% del total de las firmas presentadas por la MUD”.
No es procedente
Juristas consultados por EL IMPULSO, antes del comunicado del CNE donde suspende la recolección del 20%, desestimaron el alcance de los actos judiciales al resaltar la improcedencia de los mismos por la falta de competencia de los tribunales ordinarios para dictar medidas cautelares con esta trascendencia.
Jesús María Casal, asesor jurídico de la MUD, señaló que pudo leer la dispositiva de la decisión dictada en Bolívar, y se trata de una querella penal por presunto fraude contra dirigentes de la Unidad Democrática que organizaron el proceso de recolección de firmas en esa entidad, en el marco del cual se dictó una “medida cautelar”.
“Cualquier responsabilidad penal tienen carácter individual y personal, y en este caso la demanda es contra personas naturales. Esta decisión es un extralimitación”, resaltó.
Además, acotó el abogado, no puede entenderse una decisión de esta naturaleza como un elemento que pueda afectar la recolección del 20% que esta por concretarse, pues el sujeto que lleva la acción en este caso, es decir, el convocante, es el Consejo Nacional Electoral, organismo que ya legitimó el acto cuestionado. Por lo tanto, “no debería de modo alguno afectar la recolección del 20% de las manifestaciones de voluntad”.
Casal advirtió que no le queda la menor duda de que es un hecho evidente de “la instrumentalización del Poder Judicial” como actor político.