Las condiciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) para la recepción de manifestaciones de voluntad violan lo establecido en la Constitución, por lo cual, Súmate exige a las cuatro rectoras del organismo comicial de revertir esta decisión.
La Organización No Gubernamental (ONG), informó que el CNE incumple con el artículo 72 de la Constitución, la cual indica que la recolección del 20 por ciento deber ser realizada a escala nacional, y no por estado.
A su vez, señalan que según lo redactado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en sentencia 1139 del 5 de junio de 2002, determina que el CNE no está facultado para establecer nuevas condiciones no contempladas en la Constitución.
De tal modo, aseguran que la ubicación, horario del ultimo día, número de centros y máquinas habilitadas no garantizan el ejercicio del derecho a la solicitud de referendo revocatorio al Presidente de la República.
Argumentan que el Poder Electoral ha infringido en su deber de aplicar el nuevo corte de Registro Electoral y notificar quienes tendrán la responsabilidad de asumir las funciones de agentes de recepción de manifestaciones de voluntad los días 26, 27 y 28 de octubre, estipulado en el artículo 99 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).
Por otra parte, reiteraron que el revocatorio es posible de realizarse este año a pesar de que el CNE informó en su nota de prensa que «pudiera efectuarse a mediados del primer trimestre de 2017».
Recordaron al directorio del CNE que está obligado por los artículos 160 y 162 constitucionales a proporcionar la fecha y realizar las Elecciones Regionales a más tardar para la segunda quincena del mes de diciembre de este año 2016, por vencimiento del período constitucional de cuatro años para el cual fueron electos los actuales 23 gobernadores y 237 legisladores el pasado 16 de diciembre de 2012.