Hay varias formas de salir de un funcionario que ocupe un cargo de elección popular.
La Constitución Nacional de 1999, en su artículo 233, contempla, para el caso del Presidente, al regular sus faltas absolutas, las siguientes: “Su muerte, su renuncia, su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato”.
Si los sectores democráticos del país, léase la MUD, han insistido en solicitar el referendo revocatorio de Maduro, a pesar de los grandes obstáculos establecidas por el CNE, es porque el referendo constituye un derecho de la población y porque es una salida constitucional, electoral, pacífica, profundamente democrática (que decida el pueblo) consagrada en la Carta Magna como un derecho y una forma de participación.Constituye el ejercicio de la democracia participativa y protagónica de la que tanto se habló en los tiempos de la Asamblea Nacional Constituyente. El referendo es la participación del pueblo “en la formación, ejecución y control de la gestión pública” como lo establece el artículo 62 de la Ley fundamental de la República, que másadelante señala que esa participación del pueblo, “es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo.”El referendo revocatorio exigido hoy por una inmensa mayoría (véase cualquiera de las encuestas que aparecen en el país) de la población electoral, es, entonces, de obligatorio acatamiento para todas las instituciones públicas del país. El citado artículo 62 constitucional concluye: “Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”.
El momento es crucial para Venezuela. Está clara la inmoralidad del régimen y de todos los que conducen las instituciones. Lo tiene claro el mundo. Todo el régimen madurista alega el respeto a la Constitución Nacional sin respetarla ellos. Es el librito que sólo sirve para exhibir de vez en cuando, en alguna de esas insoportables cadenas nacionales de radio y televisión. El pasado miércoles el régimen quiso desmoralizar a la oposición, quiso fragmentarla y ordenó al CNE establecer requisitos y lapsos no contemplados en ninguna normativa. El CNE decidióque habrá que recoger un número no menor del 20% del electorado de cada estado del país, cuando es muy claro que el artículo 72 constitucional señala que “un número no menor del 20% de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.” La circunscripción del Presidente de la República es una sola, todo el país, luego la cifra del 20% deberá aplicarse a la totalidad nacional de electores. La MUD ha hecho un trabajo extraordinario. Nos corresponde a todos ayudarla en la reconquista de nuestra libertad.
El referendo revocatorio
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