Como una situación muy grave, anormal e inconstitucional, considera el Dr. José Vicente Haro el retardo para fijar la fecha de recolección de las 20 mil firmas, que se requieren para dar continuidad a la solicitud del referendo revocatorio del mandato presidencial de Nicolás Maduro.
El presidente de la Asociación de Abogados Constitucionalistas de Venezuela dice que todos los venezolanos, independientemente de su filiación política o no, saben que la consulta referendaria es un derecho constitucional de carácter político.
De hecho está establecido en el artículo 72 de la Constitución, dentro del capítulo de los derechos políticos y del título de los Derechos Humanos.
El CNE debe sujetarse a la Constitución, la cual debe cumplir y hacer cumplir y está obligado a garantizar el ejercicio de los derechos políticos a través de la elección de nuestros representantes en los diferentes órganos y cargos de elección popular, mediante los mecanismos de participación política (como el referendo revocatorio), que son derechos adquiridos por los ciudadanos conforme al texto constitucional.
El CNE ha violado totalmente la Constitución en esta materia. Su retardo representa una dilación grave del artículo 72, por una parte; y al mismo tiempo una dilación grave de los artículos 2 y 5 del texto constitucional, por la otra, que se refiere precisamente a que el Estado venezolano tiene que garantizar los derechos humanos y el principio democrático.
Éste es un principio fundamental del Estado y sólo se puede garantizar en la medida en que los derechos políticos se pueden ejercer. Y el derecho a un referendo revocatorio es un derecho político que se debe ejercer.
La actitud del CNE, que ha retrasado holgadamente todos los plazos que tenía establecido en su propia normativa, aprobada en el año 2007, raya en la arbitrariedad.
En definitiva es una actitud que ya deslegitima al CNE en lo que es el ejercicio de sus funciones.
Cuando un poder público como el CNE, antes que garantizar los derechos de los venezolanos los cercena u obstaculiza; cuando, en lugar de garantizar la participación política de los electores la obstruye arbitrariamente, sin justificación alguna, violando todos los plazos establecidos en su normativa, indudablemente pierde su legitimidad.
De allí que sea importantísimo, necesario, urgente, que la Asamblea Nacional, de acuerdo con el procedimiento constitucional previsto al respecto, realice la renovación institucional del CNE.
Es por eso que es muy oportuno que el martes de esta semana se haya aprobado, en el seno de la Asamblea Nacional el acuerdo mediante el cual en plenaria se designa el comité de postulaciones electorales, que permitiría la designación de nuevos rectores para sustituir a las rectoras a las que se les vence su período: Tania D´Amelio y Socorro Hernández. El procedimiento va a tomar mínimo dos meses y el período de ellas vence el 3 de diciembre.