Una vez más el Tribunal Supremo de Justicia echa para atrás una decisión plateada y aprobada por la mayoría de la Asamblea Nacional. Este lunes la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró nula de toda nulidad la Reforma Parcial de la Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación de Oro, sancionada por la mayoría parlamentaria el 9 de agosto de 2016.
De acuerdo a una nota de prensa del máximo tribunal del país, la reforma «fue dictada en desacato a decisiones emanadas del TSJ, además de otras violaciones al ordenamiento jurídico, entre ellas, la desviación de poder que viene materializando la AN en varias de sus actuaciones».
La Sala declaró inconstitucionales y, por ende, nulos, los actos emanados de la AN, incluyendo las leyes sancionadas, desde el 28 de julio de 2016, luego de la incorporación de los diputados de Amazonas, Nirma Guarulla, Julio Haron Ygarza y Romel Guzamana, la cual está suspendida mientras se decide la impugnación del proceso electoral.