El Ministerio para la Defensa publicó, este miércoles 31 de agosto, en Gaceta Oficial 40978 los lineamientos y procedimientos que deben cumplir las personas que operen el vuelo de aeronaves piloteadas a distancia, conocidos como dron o drones, reseño El Nacional en su porta web.
En la resolución 014412 del documento, establece que el Comando Estratégico Operacional (CEO), a través de la Defensa Aeroespacial Integral, será el encargado de realizar el análisis previo de las solicitudes para la operación de vuelo.
Además, el texto destaca que podrán hacer uso de estos aparatos en el aire personas naturales o jurídicas integrantes del sistema de defensa militar, las instituciones y organismos de seguridad ciudadana.
La resolución indica que el CEO será el unció autorizado para emitir restricciones, cambios y cancelaciones de cualquier operación de la aeronave.