Bolivariana de Aeropuertos (BAER) demandó la inconstitucionalidad de la declaratoria de ejidos del Aeropuerto Internacional Jacinto Lara de Barquisimeto.
El Juzgado Contencioso Administrativo de Barquisimeto declinó con competencia a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
El recurso interpuesto por el abogado Fredis Antonio Torcates, actuando en su carácter de apoderado judicial del Aeropuerto Internacional Jacinto Lara, administrado por Bolivariana de Aeropuertos S.A., contra el Concejo Municipal de Iribarren, expone que los ediles del Concejo Municipal del Municipio Iribarren del estado Lara, realizaron en sesión de cámara una discusión sobre los terrenos ubicados en la poligonal cerrada de la parroquia Juan de Villegas del municipio Iribarren, las cuales se declararon como terrenos ejidos.
La demanda señala que esos terrenos declarados como ejidos (aeropuerto, Base Aérea Vicente Landaeta Gil, pistas y áreas de seguridad) están directamente conectados con las áreas que se encuentra en la zona de seguridad del Aeropuerto Internacional Jacinto Lara.
Según la norma de la Organización De Aviación Civil Internacional (OACI) se trata de una superficie limitadora de obstáculo, la cual tiene un factor de riesgo inminente dentro de la operatividad del aeropuerto,
“El Concejo Municipal realizó el acto legislativo bajo la indiferencia y descuido de apoyarse en los organismos e instituciones expertas en la actividad aeronáutica, aeroportuaria y de gestión de riesgo como lo son las autoridades del Aeropuerto Internacional Jacinto Lara, el Ministerio del Poder Popular para Transporte y Obras Públicas, el Instituto de Aeronáutica Civil, Dirección Nacional de Protección Civil, Administración de Desastres e Instituto de Parques Nacionales”.
Añade que los concejales actuaron sin considerar lo estipulado en el Convenio de Chicago, de la Organización de Aviación Civil Internacional y las diferentes Regulaciones de Aeronáutica Civil Venezolana (RAV) en la que estipulan el control de obstáculo, por la cual debe el aeródromo regirse, además de que las autoridades locales se deben ajustarse a lo estipulado en las normas.
“Los terrenos que se encuentran ubicados en los espacios declarados como Zona de Seguridad que deben estar protegidos, tienen restricciones para construir, edificar, implantar o colocar cualquier estructura que afecte la operatividad del aeródromo. Los lotes de terrenos que se quieren entregar, están dentro de la zona de aproximación de los aterrizajes de las aeronaves, las cuales de acuerdo con las normativas nacionales e internacionales, deben tener un radio de distancia de aproximadamente cuatro kilómetros de radio y un aproximado de ocho kilómetros de la zona de aproximación (aterrizaje de las aeronaves), misma zona donde se ubica la entrega de los terrenos ejidos”.
“Los ediles en irrito acto, que no tiene otro nombre que omisión administrativa, dejaron de lado a las autoridades competentes, por lo cual causan un daño a las operaciones del aeropuerto, mutilando de manera expresa y flagrante los ordenamientos legales para el buen desarrollo de las actividades aeronáuticas civiles y militares que hacen vida en el Aeropuerto Internacional Jacinto Lara, por lo cual se verán afectadas en las acciones las prestaciones de servicios. El aeródromo, de no cumplir con las regulaciones aeronáuticas lo rebajaran de categoría y podría sufrir hasta el cierre definitivo de las operaciones, por lo cual habría que estipular la violación flagrante de los derechos de los usuarios, así como el derecho al comercio, al trabajo y a la libertad de tránsito en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela que se desempeñan y desarrollan desde el año 1961, es decir más de 54 años de servicios ininterrumpidos”.
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