“Sala Constitucional hace consideraciones impertinentes sobre la nacionalidad”

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Polémica y bastante polvo levantó la Gaceta Oficial número 40.909 de fecha 23 de mayo de 2016, en la cual se publica una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que indica cómo proceder en caso de que alguien posea dos o más nacionalidades.

Esta decisión facultaría a personas con varias nacionalidades a ejercer cargos públicos en Venezuela. Para algunos abogados, se trata de una sentencia que no dice nada y para otros, genera cierta suspicacia.

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En esa misma Gaceta Oficial se plantea que venezolanos con varias nacionalidades no podrán utilizar pasaportes extranjeros para ingresar al país.

A juicio del abogado y profesor universitario José Vicente Haro, la sentencia de la Sala Constitucional con fecha del 27 de abril, publicada en la Gaceta Oficial, “es tan vaga, ambigua, poco clara, sospechosa, genérica y amplia, que da para todo. Es una sentencia que manipula y malinterpreta la Constitución”.

En dicha sentencia se hace mención a un caso particular de una menor que tenía otras dos nacionalidades y a quien se le estarían violando sus derechos consagrados en la Ley de Protección del Niño, Niña y Adolescente. “Es un asunto particular, personal, privado, familiar, donde se debatían además algunos temas relacionados con la entrada y salida del país de esa persona. Era un asunto de carácter doméstico, donde la Sala Constitucional se debía limitar única y exclusivamente a revisarlo y resolver”, reflexionó.

Haro sostiene que la Sala Constitucional de “manera impertinente, improcedente, fuera de contexto, entra a hacer unas consideraciones bastantes extensas sobre lo que es la nacionalidad, y entre otras cosas, cita el artículo 41 de la Constitución que en nada se relaciona con el caso de la menor y con la decisión que se debía adoptar”. Este se refiere a los requisitos que deben reunir ciertos altos funcionarios del Estado, como el Presidente de la República.

Dijo que en el Dispositivo de Fallo, al final, se señala que en todo caso cuando una persona tenga la nacionalidad venezolana y otras, prevalecerá la primera; “esto podría abrir el camino para que personas con doble ciudadanía accedan a los cargos públicos que, el artículo 41 de la Constitución, reserva para los venezolanos por nacimiento”.

Haro considera que la situación es tan grave, porque se deja sin efecto las otras nacionalidades que pueda tener un ciudadano, pues al plantearse que quienes ingresen o salgan del país deben hacerlo con pasaporte venezolano, y “esto afecta a las personas que en el exterior han tenido problemas con la emisión y renovación de pasaporte”.

Recordó que en la sentencia, hay un tema impertinente, porque se cita el artículo 132 del Código Penal, para referirse a la pena que tendrían los venezolanos que de alguna manera solicitaran a organismos internacionales la intervención en asuntos políticos internos.

“Estamos en definitiva frente a una decisión que amén de resolver el caso de la joven, lo cual pudo despachar en dos o tres páginas, empezó a realizar una serie de consideraciones respecto a la nacionalidad venezolana, haciendo referencia de artículos y hacer una declaratoria genérica en la cual en el supuesto de una persona con múltiple nacionalidades siempre va a prevalecer la venezolana. Lo más extraño es que se publica en Gaceta Oficial, cuando estos casos donde se involucra a una menor de edad no debería ser publicado”, destacó.

-¿Por qué cree que la Sala Constitucional aprovechó ese caso privado para hacer una declaratoria genérica?

-Como muchos de los casos que hemos visto en los últimos cinco meses, más de 17 sentencias dictadas por la Sala Constitucional en contra de la Constitución y la Asamblea Nacional además de la soberanía popular, este caso pareciera haber sido seleccionado para de alguna manera abrirle el camino al presidente Nicolás Maduro en caso de que se demuestre doble nacionalidad. Y así adelantarse a cualquier pronunciamiento de la Asamblea Nacional, y con ello permitirle ejercer ilegítimamente el cargo de Presidente.

-¿Qué debe hacer entonces la Asamblea Nacional?

-Tiene el deber de hacer y cumplir las leyes, de acuerdo a juramento del 5 de enero. Y si eso implica desacatar sentencias inconstitucionales, pues están obligados a hacerlo en función del artículo 333 de la Constitución.

-¿Una sentencia podría estar por encima de la Constitución en caso de que se demuestre la doble nacionalidad de Nicolás Maduro?

-Nunca, nunca. Por encima de la Constitución no está nada, solo el poder constituyente, el cual podría cambiar las reglas del juego. La Sala Constitucional del TSJ no lo está, ni la Asamblea Nacional ni el Presidente.

Se produjo una tormenta

A juicio del abogado Juan Carlos Apitz, profesor de la UCV y magistrado de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo (CPCA), se produjo una tormenta en un vaso de agua.

Explicó que la sentencia no dice nada sobre funcionarios públicos que puedan ejercer algún cargo por doble nacionalidad.

Añadió que se trató de un caso específico de una menor de edad que nació en el exterior, pero su madre es venezolana de nacimiento. Se habría dejado sin efecto la inscripción de la niña en Venezuela. La familia introdujo un amparo, que la Sala declaró con lugar en pro de su derecho a tener partida de nacimiento venezolana, tal como lo expone la Constitución, así como de poseer pasaporte venezolano.

“La sentencia se basa en la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía Venezolana. Quienes tienen documentos públicos que los identifican como venezolanos, para entrar y salir del país tendrán que mostrar esos papeles. Con eso no hay ninguna novedad. Se hizo una tormenta en un vaso de agua”.

No obstante, dijo, eso no exime a Nicolás Maduro de su deber de informar al país si tiene o no doble nacionalidad. A la fecha, eso no ha sido aclarado a la opinión pública.

“Lo que se le imputa es que su madre, colombiana de nacimiento, fijó domicilio en ese país por largo tiempo, por lo tanto Maduro obtuvo automáticamente esa nacionalidad. Pero eso es otro asunto”.

Para el abogado se genera toda esta controversia porque “todos estamos sometidos a un laboratorio de guerra sucia”.

“Esta sentencia no dice nada, ni siquiera aparecen las palabras funcionario público. Hay que calmarse un poco. Esa no es la manera de hacerle oposición a un gobierno arbitrario e inconstitucional como el de Maduro. Hay que aclarar todo esto porque la confusión es uno de los estadios de la guerra psicológica, le siguen la decepción, frustración y finalmente la resignación. Hay que tener mucho cuidado con lo que se dice porque la sentencia 300 no se refiere para nada a la situación planteada de doble nacionalidad de Maduro”, enfatizó Apitz.

“TSJ amigable”

El diputado de la Asamblea Nacional y presidente de la Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico, Alfonso Marquina, expresó que “la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia ratifica lo que se ha venido diciendo sobre la nacionalidad de Nicolás Maduro, más que una decisión es una confesión”.

Señaló que “últimamente hemos visto un TSJ bastante amigable con el Presidente. Esta Gaceta, sin duda tiene la intención de justificar, a posteriori, lo que evidentemente sería una violación clara de la Constitución”.

Maniobra para distraer

Por otra parte, el abogado Manuel Virgüez explica que para optar a cualquier cargo público, es requisito ser venezolano por nacimiento, desde los cargos de concejal hasta el Presidente de la República.

Recordó que en el pasado se intentó ejercer una acción contra el presidente Carlos Andrés Pérez, quien tuvo que mostrar públicamente su partida de nacimiento para aclarar que no era colombiano.

“Una vez más la Sala Constitucional viola el Estado de Derecho mediante una sentencia que despierta las especulaciones sobre la nacionalidad del presidente Maduro. En lugar de disipar dudas, las refuerza”.

Sobre los venezolanos con varias nacionalidades que no podrán utilizar pasaportes extranjeros para ingresar al país el abogado considera que se trata de maniobras que buscan distraer a la gente de problemas centrales.

 

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